La Audiencia Nacional, por mayoría, certifica que la fuga de Puigdemont perjudica al resto de acusados
Cuatro de los cinco magistrados que han revisado el encarcelamiento de los Jordis dictado por la juez Lamela comparten el mismo criterio.
La Sección Segunda de la Sala de lo Penal ratificó el auto con el que la juez Carmen Lamela ordenó el ingreso en prisión incondicional de los Jordis. Acredita la implicación de los presidentes de la ANC, Jordi Sánchez, y de Ómnium Cultural, Jordi Cuixart, en un supuesto delito de sedición relacionado con los altercados de los días 20 y 21 de septiembre en Barcelona, cuando una multitud agitada por las entidades separatistas intentó impedir por la fuerza que agentes de la autoridad arrestaran a cargos del Gobierno catalán.
Solo el magistrado 'progresista' rechaza los argumentos de Lamela; entiende que podían haberse establecido otras medidas cautelares alternativas con la suficiente eficacia para conjurar los posibles riesgos existentes, lo que "en definitiva hace a la prisión en ambos casos innecesaria, inidónea como medida y desproporcionada". Los otros cuatro magistrados, que aprecian riesgos de fuga y de reiteración delictiva, mantienen la medida de prisión incondicional.
En el auto relativo a Jordi Cuixart, la Sala rechaza que haya desaparecido el riesgo de fuga pese a la aplicación del artículo 155 de la Constitución, tal y como sostenía el presidente de Ómnium en su recurso. "No es ese el criterio del Tribunal", puesto que "parte de quienes tienen una presumible y muy relevante participación en el proceso sedicioso que nos ocupa, con quienes son innegables las afinidades del sr. Cuixart –en clara referencia a Carles Puigdemont y los cuatro exconsejeros que le acompañan el Bélgica–, se encuentren huidos en el extranjero. Más que ser un factor que minimice ese riesgo de fuga, puede suponer una potenciación del mismo, en la medida que siempre le resultará más fácil encontrar refugio entre ellos".
Ante las críticas hacia una Justicia supuestamente dirigida por el Gobierno, los magistrados subrayan que "no estamos sino aplicando un criterio no inusual en este Tribunal, del que venimos haciendo uso cuando de organizaciones delictivas con ramificaciones en el extranjero se trata, por lo que de facilitación de refugio puede suponer a quien se fugue".
Respecto al riesgo de reiteración delictiva, remarcan las escasas garantías de que puesto en libertad, Cuixart "no vaya a seguir en la misma actitud de franco y no pacífico enfrentamiento que hasta el momento ha venido mostrando, amparándose en la cobertura que le puede ofrecer la legalidad de esa asociación que preside, pero prestando su relevante colaboración en una hoja de ruta orientada hacia el mismo e ilegal proceso secesionista que constituye objeto principal de investigación en la presente causa".
El auto relativo a Jordi Sánchez subraya el "minucioso" y "detallado" auto de prisión de la instructora, que, dice, no deja lugar a dudas respecto a la participación del investigado en los sucesos de los días 20 y 21 en los que su actuación estaba orientada a impedir la aplicación de la ley y las resoluciones judiciales dictadas por una autoridad en el seno de un procedimiento judicial, como medio para impulsar y asegurar la celebración del referéndum ilegal de independencia y con ello la proclamación de un república catalana, independiente de España, contraviniendo con ello, la Constitución Española.
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