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La condena a la que se enfrenta Carles Puigdemont por el delito de rebelión

Si declara la independencia, el presidente catalán incurriría en el delito de rebelión castigado con penas de diez a quince años.

Si declara la independencia, el presidente catalán incurriría en el delito de rebelión castigado con penas de diez a quince años.
Carles Puigdemont, durante uno de los actos de la Diada | EFE

Cuando preguntan a Carles Puigdemont por la posibilidad de que declare la independencia en el Pleno de este martes, el presidente de Cataluña se remite a su "ley del referéndum". En este escenario, validaría "los resultados del 1 de octubre y sus efectos", proclamando la separación en 48 horas. Solo él sabe si ejecutará el plan A como especulan voces de diversos sectores. Conoce también las eventuales consecuencias de formular la ruptura de la Comunidad Autónoma con el resto de España, entre otras cosas, porque esa conducta concreta viene tipificada en nuestro Código Penal:

Delito de rebelión. Atendiendo al artículo 472 del Código Penal, es un acto de rebelión "declarar la independencia de una parte del territorio nacional". La pena oscila entre diez y quince años de prisión e inhabilitación absoluta.

Aunque a estas alturas suene a acto de fe, el Gobierno asegura que está "preparado" para hacer "lo que sea necesario", en palabras del ministro de Justicia Rafael Catalá. El artículo 155 de la Constitución no ha desparecido de las conversaciones internas. Faculta al Ejecutivo en la aplicación de las "medidas necesarias" para restablecer el orden en una región y solo el presidente Mariano Rajoy puede determinar el alcance de esas decisiones.

"Medidas necesarias"

El Gobierno optaría por el control total de las Fuerzas de Seguridad, incluidos los Mossos cuya dependencia pasaría al Ministerio del Interior. Por otra lado, la Hacienda catalana se supeditaría a la Administración central. Quizás, lo más relevante sería la supresión del aforamiento de Puigdemont para que la Audiencia Nacional pudiera investigarle y juzgarle por rebelión.

Es una incógnita si Puigdemont respondería en términos penales solo o junto a su equipo de Gobierno. Por el momento, únicamente han desfilado a la Audiencia Nacional el mayor de los Mossos Josep Lluis Trapero y los cabecillas de Asamblea Nacional Catalana y Omnium, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart. La intendente de los Mossos Teresa Laplana, alegando motivos de salud, declaró por videoconferencia; sin recaer cautelares contra ninguno.

Según la Fiscalía de la Audiencia Nacional, recibieron por la mañana un nuevo atestado policial con nuevos indicios contra los investigados relativos a hechos posteriores al 20 de septiembre, incluido el 1 de octubre. Por eso, han solicitado a la juez Carmen Lamela que cite de nuevo a los imputados para tomar una decisión sobre las medidas una vez analizados los datos.

Delito de sedición. De acuerdo con el artículo 548 del Código Penal, se dirige hacia quienes se alcen públicamente para impedir la aplicación de las leyes. Si es una autoridad política quien comete la sedición o sublevación, como en este caso, se enfrentaría a una pena de 10 a 15 años de cárcel e inhabilitación. Consideran los expertos de la Fiscalía que la justicia sancionaría este delito en caso de que se produzca un alzamiento de un sector de la población a cargo de los responsables políticos. En un peldaño inferior se encuentra el delito de conspiración, castigado con, al menos, dos años y medio de cárcel. En cualquier caso no eludirían el ingreso en prisión.

Investigaciones abiertas

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña investiga al bloque rupturista del Parlamento autonómico por delitos de desobediencia, prevaricación y malversación, este último penado con hasta ocho años de cárcel, inhabilitación y fianzas millonarias. En un escenario similar, después de la votación del 9 de noviembre de 2014, el despliegue quedó reducido a leves condenas de inahilitación sobre Artur Mas, Francesc Homs y las entonces consejeras Joana Ortega e Irene Rigau.

El mismo Superior de Justicia tramita una querella por los mismos delitos contra la presidenta de la Asociación de Municipios por la Independencia AMI Neus Lloveras y el presidente de la Asociación Catalana de Municipios ACM Miquel Buch. Por su parte, el Juzgado de Instrucción nº13 investiga la gestación de las estructuras de un hipotético Estado independiente. La Fiscalía continúa la toma de declaración a los más de 700 alcaldes investigados por su compromiso con la cesión de locales para el 1-O.

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