Desde el mismo día en que se conoció la sentencia de la juez Yolanda Sánchez Gucema, fechada el pasado día 12 de junio y conocida el día 21 en lectura pública, se entrevió que se iba a desatar otra nueva campaña de descrédito contra la juez Alaya, responsable de la instrucción del caso de la venta de un terreno en Mercasevilla por el que se pedía dos años de cárcel y diversas penas en concepto de fraude, prevaricación y delito societario a los encausados.
A pesar de que, como es público y notorio, tanto la UCO, de la Guardia Civil, la Fiscalía Anticorrupción y el Juzgado de Instrucción donde ejercía la juez Alaya estaban de acuerdo en la acusación y en las pruebas, ha llegado a pedirse en los medios de comunicación una "investigación exhaustiva del Servicio de Inspección del CGPJ sobre lo que ha estado pasando en Sevilla con estos politizados procedimientos".
El mismo día de conocerse la sentencia, Encarnación Molino, abogada del teniente de alcalde de Izquierda Unida, Antonio Rodrigo Torrijos, expresó su convencimiento de que la instrucción de Alaya había sido "inquisitiva". La abogada de Torrijos, "muy satisfecha" con la sentencia, criticó la "inquisitiva" instrucción de Alaya aduciendo que había sido "ha sido un procedimiento muy largo, muy duro, muy doloroso, que deja muchos daños colaterales".
Por ello, se preguntaba: "¿Quién repara esos daños y todos esos perjuicios?", y añadía que "una justicia tardía no es justicia, no es una justicia al menos de calidad", acusando a Alaya de "falta rigor y sensibilidad en la tramitación de los procedimientos".
Apostilló su posición diciendo que había "sido una instrucción innecesariamente larga, inquisitiva, buscando lo que no había, viendo fantasmas donde no había", cuando "las cosas eran mucho más claras y sencillas".
Algunos otros abogados de las defensas han destacado que la instrucción de la juez Alaya no ha sido adecuada. Para unos ha sido "una instrucción que no se ha hecho correctamente y sobre sustentos que están equivocados, erróneos" provocando años de sufrimiento y para otros, como José Joaquín Gallardo, presidente del Colegio de Abogados de Sevilla y defensor de uno de los encausados, finalmente "se ha hecho justicia", pero calificó de "lamentable" el "derroche de medios empleados en un asunto que se vislumbraba desde el inicio que no tenía consistencia penal".
Ninguno de ellos ha hecho referencia a la propia sentencia, en la que se precisa con detalle y fundamentos jurídicos que la instrucción de la juez Alaya y la posición de las acusaciones pública y particulares, ha sido fundamentada, impulsada por la buena fe, libre de capricho, irracionalidad o temeridad, no siendo por ello una instrucción "absurda".
Tampoco se ha hecho referencia a que la sentencia de la juez Sánchez Gucema puede ser recurrida en diez días hábiles ante la Audiencia Provincial de Sevilla, motivo por el cual la discreción y la prudencia deberían haberse impuesto. De hecho, la Fiscalía, igualmente fustigada en el caso, estudia la presentación del correspondiente recurso.
De hecho, la sentencia absolutoria lo es porque se desestiman las deducciones efectuadas por la Guardia Civil, vía UCO, asumidas por la Fiscalía y la instructora; porque se subraya que falta de pruebas periciales decisivas y porque, aunque hay indicios, estos no son considerados más que simples sospechas.
Por ejemplo, la empresa adjudicataria del concurso, perteneciente a la matriz Sando, terminó contratando al asesor del alcalde socialista Alfredo Sánchez Monteseirín, Domingo Enrique Castaño, tras la concesión, pero ello no es considerado razón suficiente por la juez -Castaño había dimitido de su posición en el Ayuntamiento como consecuencia de su implicación en otro caso, el escandaloso caso Unidad.
En las apreciaciones despectivas sobre el comportamiento de Alaya se olvida que en otra rama del caso Mercasevilla, otro de los acusados en el caso, el gerente de la entidad Fernando Mellet, fue condenado en 2014 por el Tribunal Supremo por la extorsión de dos empresarios del restaurante La Raza de Sevilla. Queda pendiente de juicio, además, la parte del caso Mercasevilla relativa a la presencia de intrusos en su ERE.
La marea anti Alaya es importante porque se está a seis meses de que dé comienzo el juicio a los ex presidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán, y a una veintena de altos cargos entre consejeros, viceconsejeros y directores generales de la Junta por malversación y prevaricación.
Sánchez Gucema: de la discreción al estrellato
La juez Sánchez Gucema ya absolvió del delito contra la Hacienda Pública a Eduardo Leal del Real, que estuvo encarcelado en 2013. El encarcelamiento se debió a que actuó como presunto testaferro de las "empresas pantalla" empleadas supuestamente para introducir en el circuito financiero el dinero procedente de las sobrecomisiones aplicadas a pólizas de prejubilaciones vinculadas con ERE financiados por la Junta. Su absolución fue pedida por la Fiscalía y el abogado del Estado en 2016.
Yolanda Sánchez Gucema, que estudió en el colegio R.R. Calasancias, se presentó en 1985 al concurso de redacción que patrocinaba Coca-Cola. Tras sus estudios superiores, la juez fue nombrada en 2010 Juez de Primera Instancia n.º 29 de Madrid y posteriormente volvió a Sevilla como juez de lo Penal en el Juzgado número 13.
Su actuación judicial conocida sólo ha tenido algunos asuntos de relevancia relativa, más que nada relacionado con delitos menores, como el robo de una bicicleta, y casos de violencia doméstica o de resoluciones políticas sobre hijos apartados de su madre. Pero no se conoce su participación en casos relevantes en los que hubiera repercusión política.
Su auto sobre Mercasevilla, de 393 páginas, es de una densidad considerable, muy detallado en sus fundamentos jurídicos y muy definido en sus conclusiones. Quienes asistieron al juicio de Mercasevilla han observado en ella un carácter decidido y metódico a la hora de disponer los actos del procedimiento.
Ahora, será la Fiscalía quien, dada la repercusión mediática de una sentencia tras la que aparece, junto con la juez Alaya y la Guardia Civil, como responsable del "error" de una instrucción que ha tardado ocho años –comenzó en 2009– para terminar en una absolución general, la que tendrá que interponer el recurso y, finalmente, serán la Audiencia y, en su caso, el Tribunal Supremo, quienes tendrán la última palabra judicial en este caso.