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Las claves de la estrategia de defensa de Cristiano Ronaldo

Los abogados del portugués defenderán su inocencia porque "el 90% de sus ingresos por imagen proceden del extranjero".

Los abogados del portugués defenderán su inocencia porque "el 90% de sus ingresos por imagen proceden del extranjero".
Cristiano celebrando un gol con el Real Madrid | EFE

"Conciencia tranquila. Siempre inocente". Es la única y escueta reacción de la estrella del Real Madrid ante la denuncia de la Fiscalía Provincial de Madrid que le atribuye cuatro delitos fiscales. Aunque suene inverosímil, Cristiano Ronaldo se defenderá. Su equipo de abogados del despacho Baker McKenzie prepara una estrategia que desplegará si el Juzgado de Instrucción Decano de Pozuelo de Alarcón (Madrid) donde reside habitualmente el portugués, estima la demanda del Ministerio Público e impulsa un procedimiento penal.

Cristiano Ronaldo no hará como Leo Messi. No reconocerá los delitos fiscales porque está convencido de que no los ha cometido. Lo cierto es que no existe una normativa clara en relación al pago de impuestos por derechos de imagen de los futbolistas. El marco legal es más difuso aún para los que, como el internacional luso, están sometidos a la famosa Ley Beckham que permitió tributar como no residentes a extranjeros que se mudasen a España a trabajar –a un tipo del 24% cuando el máximo entonces alcanzaba el 43%–, además con la opción de declarar parte de sus ingresos fuera de nuestras fronteras.

Procedencia de los ingresos

La defensa de Ronaldo alegará que entre el 91% y el 94% de sus ingresos por imagen provenían del exterior. Utilizarán dos informes elaborados por expertos en la materia para respaldar esta afirmación. Pese a todo, subrayarán que el futbolista ha pagado el 20% en España, cuando a su parecer solo correspondía entre el 9% y el 6%. Por otro lado, Cristiano regularizó voluntariamente –y con las investigaciones a jugadores del FC Barcelona recientemente abiertas– 5,6 millones de euros en junio de 2015. El pago previo a que la Agencia Tributaria lo exija habilita la excusa absolutoria: "Quedará exento de responsabilidad el que regularice su situación tributaria antes de que se le haya notificado". La ley añade que la regularización tiene que ser ·completa y veraz·.

Sin embargo, Hacienda y la Fiscalía creen que armó un entramado societario en Islas Vírgenes Británicas e Irlanda para ocultar al fisco otros 14.7 millones de euros más. Sucede que ese 20% de los ingresos por imagen era lo que la Hacienda británica cobraba a Cristiano Ronaldo. De hecho, las autoridades de Inglaterra revisaban anualmente ese porcentaje a la baja conforme subía su fama mundial. Nuestra Hacienda, sin embargo, utiliza otro criterio. Considera que solo puede dejar fuera de la tributación en España aquellos contratos en los que se usa su imagen sin que Cristiano participe. Los que precisan su participación activa son, textualmente "rentas obtenidas de fuente española".

La defensa del portugués admite una "discrepancia valorativa" con Hacienda, pero apuntan que nunca una discrepancia valorativa ha terminado en una condena cuando se aplicó un criterio razonado. Se aferrarán a los contratos de patrocinio internacionales de Cristiano Ronaldo con marcas como Konami, Cocal-Cola, Nike, Herbalife, Tag Heuer, Giorgio Armani o Banco Spiritu Santo y a los informes antes mencionados. Estos últimos se apoyan en mediciones como que solo el 2% de los seguidores de CR7 en Facebook son españoles.

¿Puede ir a prisión?

Si Ronaldo se inclina por defender su inocencia, será todo o nada. Sirva como ejemplo el caso de Leo Messi, condenado a 21 meses de cárcel con pago de 12 millones en total por un fraude de 4,1 millones a la Hacienda española. La Fiscalía considera los casos tan similares que se ha apoyado en la sentencia refrendada por el Tribunal Supremo contra el futbolista argentino para argumentar la denuncia contra el delantero de Real Madrid.

Messi fue sentenciado a siete meses de cárcel por cada año en el que la Justicia entendió que defraudó a Hacienda (2007, 2008 y 2009). Si se aplicara la misma lectura al caso de Ronaldo, sumaría 28 meses de cárcel –porque su supuesto delito fiscal se extiende por cuatro ejercicios, entre 2011 y 2014– y tendría ingresar en prisión. Aunque cada particular ha de ser juzgado si llega ese escenario de acuerdo con las circunstancias concretas.

La clave está en las atenuantes. De acuerdo con el Código Penal, los cuatro delitos fiscales conllevan en conjunto una pena mínima de 7 años de cárcel. Messi consiguió una importante rebaja por la aplicación de atenuantes "muy cualificadas" de reparación de daño –devolución del dinero en los primeros meses de investigación– y colaboración con la Justicia. Si un Tribunal compartiera criterio con la Fiscalía y Hacienda, solo la aplicación de estas figuras podría librar al futbolista de la prisión. Si Cristiano apuesta por su inocencia, quedará en manos de sus abogados y un hipotético Tribunal. Y se enfrentará a un proceso largo y de enorme calado mediático.

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