
Aquella consulta ilegal del 9N de 2014, que se celebró pese al veto del Tribunal Constitucional, costó inhabilitaciones de hasta dos años a sus principales impulsores. Fueron el expresidente catalán Artur Mas, sus entonces consejeras Joana Ortega e Irene Rigau y el portavoz Francesc Homs. Se sometieron finalmente a juicio oral por delitos de desobediencia y prevaricación, puesto que la instrucción descartó el supuesto delito de malversación de fondos públicos.
La Fiscalía no compartió en su momento ese criterio; y ahora va más allá. Pretende que el desvío de fondos hacia un fin evidentemente separatista tenga consecuencias. El Ministerio Público ha presentado un informe ante el Tribunal de Cuentas en el que apoya la apertura de una investigación contra Mas, Ortega, Rigau y Homs para determinar sus responsabilidades por el gasto de más de cinco millones de euros en aquella votación. En el mencionado escrito, el fiscal solicita el nombramiento de un instructor.
Dispusieron de fondos
Sociedad Civil Catalana y Abogados Catalanes por la Constitución ejercen la acusación pública e interesan que se proceda al nombramiento de un instructor con base en la siguiente exposición: Artur Mas, presidente de la Generalidad, la vicepresidenta Joana Ortega, la consejera de Enseñanza Irene Rigau y Francesc Homs, consejero de Presidencia y portavoz del Gobierno regional, "dispusieron de fondos para llevar a cabo un proceso de participación ciudadana carente de cualquier cobertura constitucional y presupuestaria, dirigiendo y facilitando la logística y todos los medios materiales y presupuestarios necesarios para su realización el día 9 de noviembre de 2014, por lo que destinaron caudales y efectos públicos puestos a su cargo para una finalidad ajena a las competencias y funciones públicas que tenían encomendadas, que no eran ilimitadas".
Tales autoridades "ordenaron a funcionarios jerárquicamente subordinados y entes públicos dependientes, cada uno dentro del ámbito de su responsabilidad institucional, la aplicación económica de fondos públicos por un importe no inferior a 5.1 millones de euros para realizar un conjunto de actuaciones en abierta y franca contradicción con la Constitución, desprovistas de soporte presupuestario por desborde competencial y desobedeciendo la orden de suspensión que había decretado del Tribunal Constitucional.
Han resultado condenados por un delito de desobediencia. En la sentencia condenatoria de Homs, el Tribunal Supremo afirma que "la Sala limita su ámbito de conocimiento a los delitos por los que se ha formulado acusación. No se cuestiona si la aplicación económica de fondos públicos, promovida por el acusado en abierta y franca contradicción con el mandato emanado del Tribunal Constitucional, tiene o no relevancia penal".
Responsabilidad contable
Las asociaciones denunciantes individualizan los pagos efectuados con cargo al Tesoro Público:
- Página web: 14.800 euros.
- Fabricación y transporte del material para la votación: 70.500 euros.
- Ordenadores portátiles: 2.8 millones de euros.
- Publicidad institucional: 828.000 euros.
- Apoyo informático: 1.1 millones de euros.
- Póliza aseguradora para voluntarios: 1.400 euros.
- Envío de información: 308.000 euros.
Los precedentes hechos pueden ser constitutivos de responsabilidad contable. Cabe constatar la existencia de numerosos pagos efectuados con cargo al erario público que tenían por finalidad llevar a cabo la consulta del 9 de noviembre de 2014, acto contrario al ordenamiento jurídico. En el presente trámite procede que se acuerde proponer a la Comisión de Gobierno el nombramiento de un delegado instructor.