En la enmarañada investigación del caso Pujol es la vertiente más turbia. El juez José de la Mata ha archivado la conocida como "pieza separada del pendrive", una rama indagatoria que ha suscitado dudas desde su apertura sobre la actuación de la Policía Nacional, en concreto del antiguo Director Adjunto Operativo Eugenio Pino.
El auto del instructor de la Audiencia Nacional relata los hechos, narrados hasta la fecha a base de informaciones poco precisas. La UDEF –Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal– de la Policía Nacional presentó en abril de 2016 documentación alojada en un pendrive sobre cuestiones relacionadas con el primogénito Jordi Pujol Ferrusola y Jordi Puig, empresario hermano del exconsejero catalán Felip Puig y pareja de Maite Masià, la ya exdirectora de la Oficina Antifraude de la misma región. En los días posteriores se acordó la formación de esta pieza separada y secreta.
La Policía presentó ante el Juzgado Central de Instrucción nº5 de la Audiencia Nacional una serie de propuestas de actuación e informes. Indicaban que los datos aportados surgían de "mecanismos de cooperación policial, fruto del conocimiento merced a la conexión de datos en bases de inteligencia", según José de la Mata. Los autores de dichos informes los consideraban "útiles a los efectos de dilucidar los delitos investigados", pero el juez razonó que los argumentos expuestos resultaban "confusos" y no eran admisibles. Dos conceptos en los que se detuvo el instructor:
- "Confusos porque se indica que los documentos han sido facilitados a esta Instrucción Policial al tiempo que se indica que se ha tenido conocimiento de los mismos mediante consulta a bases de datos policiales, sin indicar qué Unidad y con qué objetivo ha investigado a Jordi Pujol Ferrusola".
- "Inadmisibles porque, tratándose de documentos judiciales en los que existían informaciones concernientes a Jordi Pujol Ferrusola se deberían haber puesto de inmediato a disposición del Juzgado y haber enfocado los esfuerzos a su identificación y ubicación precisa en la indicada causa judicial.
José de la Mata determinó que elpendriveno contiene "informaciones brutas" sino documentos intervenidos en diligencias de entrada y registro –aunque éstas tampoco están identificadas. Señalados los defectos, el juez acordó la práctica de actuaciones "que permitan asegurar la trazabilidad del contenido y las personas que han intervenido en su obtención", es decir, la identificación de los grupos que han manipulado el dispositivo, su propietario y el procedimiento de volcado.
La UDEF, vetada desde ese momento para trabajar con los nuevos datos, contestó que el contenido de sus informes procede de un pendrive que facilitó al juez el entonces jefe de la propia Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal, Manuel Vázquez. Ese dispositivo, seguía la misiva, fue entregado por Bonifacio Díez Sevillano, un funcionario adscrito a la Dirección Adjunta Operativa de la Policía Nacional, quien dijo a Vázquez que contenía archivos copiados de un ordenador de la polémica agencia de detectives de Barcelona Método 3 con datos susceptibles de ser utilizados en la investigación contra Jordi junior.
La Fiscalía pidió a De la Mata que solicitara copia de los documentos intervenidos en el registro de la sede de MÉTODO 3 conducida por el Juzgado de Instrucción nº14 de Barcelona y la comparecencia como testigo de Manuel Vázquez ante el juez.
La Policía y los detectives
El 3 de noviembre de 2016, compareció voluntariamente Eugenio Pino, Director Adjunto Operativo (DAO) de la Policía Nacional desde enero de 2012 hasta junio de 2016. Mencionó lo siguiente: "He tenido conocimiento por comunicación directa del inspector jefe Bonifacio Díez Sevillano de su comparecencia y la del Comisario Manuel Vázquez, último responsable de la UDEF, en relación a la procedencia del pendrive que este último declaró haber recibido y cuya procedencia el inspector jefe no recordaba".
A partir de ahí, Pino se sumerge en las conocidas como cloacas del Estado: "Creo recordar que a finales de 2012 o principios de 2013 encomendé a la Unidad de Asuntos Internos que su Comisario Principal" y archienemigo de su homólogo José Villarejo, "Marcelino Martín-Blas, llevase a cabo las actuaciones que procediesen". Según Pino, fue Martín-Blas quien le informó de esa actuación que dio origen a una colaboración voluntaria de dos detectives de la agencia MÉTODO 3, de los que indicó exclusivamente que uno de ellos se apellidaba Tamarit. Pino insistió en la versión que le proporcionó Martín Blas: aquellos le entregaron el pendrive con informaciones encriptadas y referencias "a quien fuera director del Centro Nacional de Inteligencia (CNI); al hermano de Alfredo Pérez Rubalcaba y otras personas relacionadas con la clase política de Cataluña". Fue entonces cuando, según él mismo, Pino acordó que se entregase una copia al CNI, a la UDEF y a la Comisaría General de Información, "siendo, posiblemente, el original del dispositivo el entregado a la UDEF".
Eugenio Pino pudo recordar "dado el tiempo transcurrido" que visualizó parte de la información en su ordenador y que su personal realizó copias para la entrega a los destinatarios. También que "entre las explicaciones que le dio Martín-Blas acerca del origen de la información, es que los dos detectives accedían a ella por medio de un servidor en la nube en el Reino Unido; y que el expresidente Pujol había pagado anteriormente 700.000 euros al director de Método 3 por la misma, ignorando si esto es cierto o no". Añadió, por último, que los detectives continuaban colaborando con la Policía Nacional y su cambio de bando se debía a "una venganza por no haber cobrado una cantidad cercana a los 200.000 euros que según ellos los detectives les debía el director de la agencia de investigación citada.
El instructor de la Audiencia Nacional encargó investigar al presidente y vicepresidente de la constructora Isolux Corsán, Luis Delso –implicado en varias macrocausas de corrupción como Gürtel y Pujol– y José Gomis, respectivamente. También a Jordi Pujol Ferrusola y su entorno. Además, en esta pieza separada se presentaron distintos escritos como el de Francisco Marco Fernández, presidente de MÉTODO 3, que identificó a los dos exempleados cuyo nombre y paradero perseguía el juez. Sostuvo en noviembre de 2016 que la información contenida en el pendrive no puede provenir del Juzgado 14 de Barcelona ni de los servidores de su agencia de detectives, puesto que borró los servidores "están destruidos desde el año 2012. Es más, en Método 3 nunca se ha investigado a la familia Pujol".
Los detectives desconocidos eran Julián Ángel Peribáñez Rius y Antonio Tamarit Febrero. También aportaron su escrito a la causa, poniéndose a disposición del juez. Francisco Marco Fernández, presidente de la agencia, interpuso en febrero de 2017 una denuncia por delitos de falsedad documental, infidelidad en la custodia de documentos, revelación de secretos, omisión del deber de perseguir delitos, cesión de datos con fines lucrativos y malversación de fondos públicos. De la Mata citó a Eugenio Pino, Marcelino Martín-Blas, Julián Ángel Peribáñez y Antonio Tamarit.
Y, entre tanto, apareció en febrero de 2017 un segundo pendrive marca Toshiba con 8GB de capacidad. El funcionario policial que lo entregó manifestó que, al parecer, el pendrive contenía "datos que han sido utilizados por la Brigada Central de Blanqueo y Anticorrupción de la Policía Nacional en una investigación relativa a las presentes Diligencias Previas". Subrayó que, hacía unos días, el jefe de la Sección Primera de Blanqueo de dicha Brigada se presentó en su despacho y le dijo que ordenando los diferentes cajones y armarios de su despacho encontró el pendrive.
"Está prohibido hacer trampas"
"En virtud de las garantías del sistema constitucional" y "para evitar el riesgo de metástasis procesal" entiende José de la Mata que "es preciso un permanente esfuerzo de saneamiento del proceso, excluyendo aquellos elementos de prueba con virtualidad contaminante". La finalidad pretendida "no es sobreproteger al presunto delincuente con un arsenal desmedido de garantías. De lo que se trata es de dejar claro, singularmente a los poderes públicos y a los agentes de la autoridad, que está prohibido hacer trampas. Esas garantías, añade en el auto, "cobran su genuino sentido como mecanismo de contención de excesos policiales en la búsqueda de la verdad oculta en la comisión de cualquier delito".
El juez destaca que desde el primero momento todos los documentos se mantuvieron en una pieza separada del procedimiento, "con finalidad profiláctica", para con contaminarlo e invalidarlo en un eventual juicio. José de la Mata acredita que el contenido de los documentos de los que nació esta pieza no procede de los registros en Método 3 conducidos por el Juzgado 14 de Barcelona. Tampoco provinieron de bases de datos policiales. Simplemente, fueron entregados a la UDEF por el funcionario Díez Sevillano siguiendo las instrucciones del DAO Eugenio Pino.
El instructor ahonda sobre Pino, que cambió de versión en su segunda declaración y aunque señaló de nuevo a Martín-Blas como la persona que le facilitó el pendrive, ya no especificó de dónde venía su contenido. Calificó de ocurrencia el relato de Martín Blas y se desmintió diciendo que nuca había abierto el dispositivo informático.
Martín Blas negó tajantemente haber entregado el pendrive a Eugenio Pino y los detectives Tamarit y Peribáñez niegan a su vez habérselo acercado a Martín-Blas. Un laberinto sin salida que ha hecho "imposible conocer el origen y la ubicación de los pendrives ni que los documentos incluidos hayan sido obtenidos legítimamente por parte de la fuerza policial", concluye José de la Mata.
¿Delito de Pino?
El instructor ha probado que Eugenio Pino ordenó a Díez Sevillano que entregara el pendrive a la UDEF con indicación de que los documentos estaban legítimamente incorporados sabiendo que era mentira. "Ha existido un riesgo relevante" de contaminación de todo el caso Pujol, señala De la Mata. "La consecuencia de todo lo anterior no puede ser otra que la exclusión definitiva del procedimiento de todos los documentos incluidos en el pendrive que el DAO entregó a UDEF" y archivar esta pieza separada del pendrive.
En la parte dispositiva de la resolución y de acuerdo con la Fiscalía, el magistrado deduce testimonio a los Juzgados de instrucción de Madrid por si los hechos cometidos por el DAO Eugenio Pino y el funcionario de su Gabinete Díez Sevillano pudieran ser constitutivos de delitos de prevaricación y/o falso testimonio o fraude procesal, sin perjuicio de ulterior calificación. Además, acuerda deducir testimonio que se remitirá al Ministerio del Interior "a los efectos disciplinarios, honoríficos u otros que correspondan en relación con el Dao Eugenio Pino Sánchez y el funcionario de su Gabinete Díez Sevillano, sin perjuicio del resultado de la investigación".