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La Fiscalía no ve motivos para recusar al ex alto cargo de la Junta que juzgará los ERE

Pero arroja dudas sobre su "apariencia de imparcialidad" y le invita a reflexionar.

La Fiscalía de Sevilla ha tratado de lavarse las manos en el caso de la recusación del magistrado de la Audiencia sevillana, Pedro Izquierdo, promovida por el PP y Manos Limpias por no cumplir con la "apariencia de imparcialidad", expresión rescatada ayer por el equipo de Pedro Sánchez para "recusar" la presencia de Mario Jiménez, mano derecha de Susana Díaz, en la gestora del PSOE.

El motivo de la recusación de Izquierdo es haber sido alto cargo de la Junta, con rango de viceconsejero, desde 2008 a 2014. La Fiscalía aduce no tener pruebas de que haya motivos para su recusación, pero en otro escrito le invita a considerar si sus relaciones en la Junta fundamentan la decisión de apartarse del caso.

En realidad, la Fiscalía avala la idoneidad del magistrado Pedro Izquierdo para presidir la causa que juzgue a Manuel Chaves, que lo nombró alto cargo de la Junta; José Antonio Griñán, que lo mantuvo en el cargo de secretario general de la Consejería de Justicia y con la veintena de ex altos cargos con los que tuvo que tener relación en su etapa de la Junta. Pero, al tiempo, la misma Fiscalía señala que hay motivos de duda.

Cuatro dudas esenciales de la Fiscalía

Están expresadas en una carta dirigida por la Fiscalía a la sección primera de la Audiencia sevillana en la que anima al magistrado y es alto cargo de la Junta, Pedro Izquierda, a decidir si considera o no que puede estar afectado por una apariencia de parcialidad que podría retrasar el juicio oral, un juicio complejo donde están implicadas muchos comportamientos y departamentos de la Junta de Andalucía.

La primera duda que manifiesta la Fiscalía es el uso de las transferencias de financiación, origen del "fondo de reptiles" que la Junta consideraba legal para inyectar dinero en subvenciones y otras ayudas, pero que, reglamentariamente, están limitadas a cubrir los desajustes presupuestarios de las Consejería y Organismos. ¿Conocía o no Izquierdo cómo funcionaban estas transferencias, si, por ejemplo, también se daban en su Consejería de Justicia?

La segunda hace referencia a la relación que como secretario general de Justicia debía tener con los interventores, tanto el de su consejería como el Interventor general de la Junta, habida cuenta de que afectaban a los métodos de control de los dineros públicos.

Tercera. ¿Conocía Izquierdo, en su calidad de viceconsejero, cómo se establecían las relaciones entre las demás consejerías, sus organismos y empresas públicas participando, como parece deducible, en las reuniones semanales de coordinación de las diferentes consejerías a las que asistían los viceconsejeros y directores generales?

La cuarta duda que expresa la Fiscalía hace referencia al conocimiento y relaciones que Izquierdo podría haber establecido con los demás altos cargos políticos de la Junta de Andalucía.

Es decir, la Fiscalía parece estar aduciendo con claridad motivos suficientes para que Pedro Izquierdo no presente una adecuada "apariencia de imparcialidad, pero, a pesar de estas dudas y de la incertidumbre que extiende sobre su presencia en la presidencia del Tribunal que juzgue a quienes lo nombraron , mantuvieron y/o sostuvieron relaciones con él en la Junta de Andalucía, la Fiscalía, en otro escrito, concluye que no encuentra razones formales para la recusación del magistrado.

Esto es, no sabe si hay amistad con las partes imputadas ni tampoco si tiene o no interés directo o indirecto y por ello, no ve la necesidad de la recusación o abstención de la causa.

Diario de Sevilla interpreta que, de este modo, la Fiscalía "plantea… una salida al Magistrado ponente" al que expone sus dudas para que sea él mismo quien tome la decisión final. Cree la Fiscalía que el magistrado Izquierdo debe conocer los posibles motivos de su recusación, "cuyo conocimiento previo sí puede incidir en la decisión del magistrado sobre su idoneidad para conocer el asunto".

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