Al margen del discutido impuesto de sucesiones y donaciones con que la Junta de Andalucía asfixia a los herederos andaluces, el caso es que tampoco las valoraciones que el gobierno andaluz hace de la cuantía del impuesto son correctas. El Tribunal Supremo, ante la reclamación de una malagueña, ha anulado la liquidación practicada por la administración andaluza por "falta de justificación". También deberá pronunciarse sobre la retirada de conciertos y subvenciones a la educación diferenciada.
En este caso, se trataba de la liquidación practicada sobre dos locales comerciales y dos viviendas que la heredera había recibido de unas tías en 2001 y 2002. Pues bien, la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo (TS) ha anulado la liquidación practicada mediante sentencia del 18 de enero de 2016, y la Junta de Andalucía no puede recurrir.
La confusión en las valoraciones de los bienes heredados motivó que la afectada recurriera a la la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Málaga. Pero ese tribunal, cuenta ABC, desestimó en el año 2014 su impugnación contra la resolución que le obligaba a pagar 42.338,46 euros por el impuesto de sucesiones.
La heredera andaluza presentó un recurso de casación en unificación de doctrina ante el Supremo porque consideraba que la valoración de los bienes no estaba motivada y, por si fuera poco, era incorrecta. Ahora, el Supremo le da razón y, de nuevo, porque ha habido otros casos, descubre que la Junta de Andalucía no funda concretamente los criterios de valoración de los bienes y rechaza que se obligue a los herederos a contratar tasaciones periciales propias si no quieren ser pasto de la indefensión.
Eliminación de subvenciones a la educación diferenciada
Son centros de enseñanza diferenciada aquellos que "diferencian" a niños y niñas y los separan en aulas diferentes, algo que la Junta de Andalucía no acepta como aspecto de la libertad de enseñanza y de la elección de centro por considerarlo discriminatorio y enemigo de la ideología de género. La propia Susana Díaz dijo en el Parlamento hace unos días que "el que quiera educación segregada que se la pague".
En toda Andalucía hay doce centros de esta clase. El viernes pasado, contó El Mundo, recibieron una comunicación de la Junta en la que se les informaba de la desaparición de los conciertos para las nuevas unidades que acogen a alumnos nuevos manteniéndose las subvenciones para los alumnos ya matriculados.
Lo curioso del caso es que una sentencia de 2015, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía obligó a la Junta a devolver las subvenciones retiradas a este tipo de centros educativos. Sépase que la LOMCE que el gobierno del PP aprobó en 2013 respetaba los conciertos con estos centros y que esa fue la base de esta sentencia. Pero la Junta no acató la ley nacional y fue condenada incluso al pago de las costas del juicio además de la devolución de las subvenciones eliminadas.
El gobierno andaluz recurrió esta sentencia ante el Tribunal Supremo que, mientras estudiaba el caso, mantuvo cautelarmente los conciertos firmados por la Junta hasta ese momento, pero dejaba un vacío en el caso de las nuevas unidades escolares que se crearan desde entonces, que son las afectadas por la decisión de la Junta de anular las subvenciones.
La Junta de Andalucía no quiere un modelo de enseñanza que diferencia entre niños y niñas, que los separa y los segrega y por ello no quiere que se ayuden con fondos públicos. Los derechos a la libertad de educación y la libre elección de centro son discutidos por la Junta y es lo que motiva el conflicto.
La Confederación Española de Centros de Enseñanza (CECE) ha recordado que con su decisión la Junta de Andalucía incumple más de 40 sentencias que apelan a la reforma normativa que introdujo la LOMCE en defensa de la enseñanza diferenciada. Los padres de alumnos de estos centros de enseñanza diferenciada se han sorprendido por la actuación de la Junta y lamentan estar en una situación incierta desde hace cuatro años.
De este modo, el Supremo sigue convirtiéndose en el árbitro de los conflictos y, en muchas ocasiones, en muro de defensa de los afectados por las decisiones hostiles de la Junta de Andalucía.