¿Qué ocurre en Madrid cuando se activa la fase 3 del protocolo anticontaminación?
La norma restringe la circulación del 50% de los vehículos por el centro y, a diferencia de las fases 1 y 2, afecta a residentes.
El Ayuntamiento de Madrid ha confirmado este miércoles que este jueves aplicará la fase 3 de su protocolo anticontaminación, que, a grandes rasgos, limita la velocidad a 70 kilómetros/hora en la M-30, prohíbe aparcar en la almendra central y establece que parte de los vehículos –en el caso de mañana, los de matrícula par– no podrán circular por esa zona.
El llamado "Escenario 3" se activa "con dos días consecutivos de nivel de aviso". El protocolo pretende reducir "la circulación por las calles de la almendra central –el interior de la M-30– en un 50%" y señala que "podrán circular en días pares los vehículos cuya matrícula acabe en número par y en días impares aquellos vehículos cuya matrícula acabe en número impar". La prohibición de circular a la mitad de los coches entra a las seis de la mañana; las restricciones de aparcamiento, a las nueve de la mañana –y finalizan a las nueve de la noche–. A diferencia de las fases 1 y 2, la fase 3 afecta a los residentes de la almendra central.
¿Quiénes pueden circular?
La normativa aplica una serie de excepciones para las restricciones a la circulación por el centro. Son las siguientes:
- vehículos de alta ocupación (tres personas mínimo)
- vehículos cero emisiones
- vehículos 'híbridos'
- taxis (aunque se recomienda no circular vacíos por la almendra central, excepto ecotaxis y eurotaxis, aunque pueden estacionar en plazas azules del SER además de sus paradas habituales)
- vehículos con personas de movilidad reducida (siempre que esté el titular de la tarjeta)
- vehículos de servicios esenciales
- recogida de basuras
- motocicletas, ciclomotores y bicicletas
- funerarias
- titulares de una autorización de comerciantes e industriales del SER
- autoescuelas
- unidades móviles y de retransmisión audiovisual
- profesionales con jornada laboral que comience o termine entre las 0:00 y 6:30 horas, lo que deberán acreditar con un certificado del empleador.
¿Qué pasa si no cumplo?
Hablemos de multas. En caso de superar el límite de 70 kilómetros/hora, la sanción será progresiva en función de la velocidad:
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De 71 a 100 km/hora: 100 euros.
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De 101 a 120 km/hora: 300 euros y dos puntos.
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De 121 a 130 km/hora: 400 euros y cuatro puntos.
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De 131 a 140 km/hora: 500 euros y seis puntos.
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Más de 41, sanción muy grave: 600 euros y seis puntos.
Además, por aparcar en una zona no autorizada para residentes, la multa será de 90 euros, o 45 en pronto pago, y por conducir por la almendra central con la matrícula contraria a lo establecido por el calendario, 90 euros, o 45 en pronto pago.
Sobre los taxis, el consistorio recomienda "la no circulación de taxis libres, excepto Ecotaxis y Eurotaxis, en el interior de la almendra central" y habilita "las plazas azules del SER como aparcamiento del servicio, además de en sus paradas habituales, para facilitar la espera de viajeros".
¿Y en la fase 4?
En caso de que se aplique la fase 4, las medidas anteriores serán ampliadas "al perímetro de la M-30". Además, la totalidad del parque móvil municipal, a excepción de los servicios públicos, "dejará de funcionar en horario laboral, a excepción de los vehículos cero emisiones".
En cuanto a los taxis, no podrán "circular en vacío, excepto los Ecotaxis, Eurotaxis, y los que atiendan servicios concertados previamente, siempre que lleven la luz verde apagada". Además, como en el escenario 3, "podrán estacionar en las plazas azules del SER, además de en sus paradas habituales, a la espera de viajeros, por lo que no se dificultará la utilización de este servicio público".
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