Los 17 consejos del Defensor del Pueblo al Gobierno para proteger mejor a las víctimas de ETA
Las recomendaciones están dirigidas a los ministerios de Interior, Justicia, Exteriores y Educación, así como a la Fiscalía General del Estado.
Año y medio después de que el Pleno del Congreso de los Diputados solicitase al Defensor del Pueblo la elaboración de un estudio sobre cómo mejorar la defensa de los derechos de las víctimas de la organización terrorista ETA, el citado trabajo, que se acerca al centenar de páginas de extensión, ha sido presentado en las últimas horas por la oficina que dirige Soledad Becerril en la Cámara Baja.
En el mismo, fruto de horas de reuniones con las organizaciones de víctimas y tras recibir dos informes solicitados al Ministerio del Interior y a la Fiscalía de la Audiencia Nacional, se recogen hasta 17 recomendaciones, que van agrupadas en función de qué ministerio del Gobierno y parte del Estado deberían actuar sobre ellas. En total se dirigen a los ministerios de Interior, Justicia, Exteriores y Educación, así como a la Fiscalía General del Estado.
Al Ministerio del Interior
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Unificar en un solo archivo digitalizado todas las causas judiciales por delitos de terrorismo, así como la documentación administrativa complementaria, cualquiera que sea la jurisdicción que haya conocido sobre ellas, en cooperación con el Ministerio de Justicia.
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Analizar, con la participación de las Asociaciones de Víctimas del Terrorismo, las posibilidades de perfeccionamiento de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo, con especial atención a la equiparación de indemnizaciones.
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Revisar la actualización de los plazos para el ejercicio de los derechos de las víctimas con el fin de evitar su prescripción, y atender a los derechos de los heridos.
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Crear un Registro Oficial de Víctimas del Terrorismo, en cooperación con la Oficina de Atención a Víctimas del Terrorismo de la Audiencia Nacional y demás Administraciones competentes.
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Reforzar los programas de asistencia psicológica a las víctimas directas del terrorismo (heridos y supervivientes de los atentados) teniendo en cuenta la prevalencia a largo plazo del daño psicológico causado por el terrorismo.
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Reforzar los programas de asistencia psicológica a las víctimas indirectas del terrorismo (familiares de fallecidos o heridos en los atentados) teniendo en cuenta la prevalencia a largo plazo del daño psicológico causado por el terrorismo.
Al Ministerio de Justicia
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Unificar en un solo archivo digitalizado todas las causas judiciales por delitos de terrorismo, así como la documentación administrativa complementaria, cualquiera que sea la jurisdicción que haya conocido sobre ellas, en cooperación con el Ministerio del Interior.
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Reforzar el derecho de las víctimas a acceder a la información disponible relativa a las investigaciones judiciales realizadas para el esclarecimiento de los hechos y la averiguación de la identidad de los autores.
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Dotar adecuadamente a la Oficina de Atención a las Víctimas del Terrorismo de la Audiencia Nacional de los medios personales y materiales necesarios para el desarrollo de las funciones que la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, le asigna.
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Aprobar una relación de puestos de trabajo de la Oficina de Atención a las Víctimas del Terrorismo de la Audiencia Nacional y regular las relaciones de cooperación de las Administraciones y Tribunales con la Oficina, para reforzar su papel de asistencia real a las víctimas.
Al Ministerio de Asuntos Exteriores
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Establecer un Plan de actuación en el ámbito internacional, con participación en su diseño y ejecución de la Fundación de Víctimas del Terrorismo y de las Asociaciones de Víctimas, para un mejor conocimiento del daño causado por el terrorismo en foros internacionales, particularmente en el ámbito de las Naciones Unidas, el Consejo de Europa y la Unión Europea.
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Reforzar la acción exterior del Estado encaminada a satisfacer el derecho a la justicia de las víctimas para lograr las extradiciones solicitadas por España de los autores de atentados terroristas que se encuentran en libertad en algunos países.
Al Ministerio de Educación
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Mantener, en el marco de un posible Pacto Nacional por la Educación y en los Reales Decretos por los que se establece el currículo básico de la ESO y el Bachillerato, dentro de los elementos comunes, el objetivo general de fomentar el respeto y consideración a las víctimas del terrorismo.
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Incluir, en los citados Reales Decretos, el rechazo al terrorismo desde una óptica filosófica y moral, en consonancia con la Declaración Universal de Derechos Humanos.
A la Fiscalía General del Estado
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Continuar las actuaciones procesales emprendidas para intentar la depuración de responsabilidades penales en los atentados terroristas no resueltos.
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Evitar la prescripción de los mismos y ejercer las iniciativas pertinentes en el procedimiento de extradición de aquellos miembros de la organización terrorista ETA que no estén a disposición de la justicia española, y tienen causas judiciales pendientes en nuestro país.
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Valorar la conveniencia de profundizar en la aplicación del concepto jurídico de crimen de lesa humanidad al terrorismo de ETA.
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