Artur Mas pretende convertir el juicio por la consulta ilegal del 9N en un circo protagonizado por el debate político. El expresidente catalán, que se sentará en el banquillo con dos consejeras de su Gobierno, ha reclamado en el escrito de defensa que comparezcan como testigos Mariano Rajoy y el ministro de Justicia Rafael Catalá. Cree que estas intervenciones le serán favorables, puesto que ambos minimizaron la importancia jurídica de aquella votación para la ruptura con España con frases como "no es un referéndum, ni una consulta, ni tiene efecto jurídico" o "el permiso para celebrar el proceso de participación si este es un ejercicio ciudadano de libertad de expresión". Un episodio, prohibido cinco días antes por el Tribunal Constitucional, que sólo se disfrazó de iniciativa ciudadana.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña donde están aforados decretó la apertura de juicio el pasado mes de octubre. Artur Mas, la exvicepresidenta de la Generalidad Joana Ortega y la responsable de Educación Irene Rigau se enfrentan a penas de hasta diez años de inhabilitación. No ingresarán en la cárcel porque el juez de instrucción y la Fiscalía descartaron una posible malversación de fondos públicos y limitaron su acusación a los delitos de desobediencia y prevaricación. En el otro extremo, los acusados entienden que son inocentes porque el Constitucional no les notificó personalmente la suspensión del 9N, además de que, según su criterio, se pronunció tarde por "vaguedad" .
Los abogados de Mas, Ortega y Rigau sostienen que "nunca se convocó oficialmente a la ciudadanía, sino que se le dio la oportunidad de organizar y tomar parte de un proceso participativo que se acabó realizando gracias a la intervención de miles de voluntarios". Según la defensa del expresidente, se limitó a cumplir con su obligación de "velar por que la jornada se viviera de la manera más segura posible". Entre otras solicitudes, también quieren como testigos en la vista oral al exconsejero de Presidencia Francesc Homs; a los expresidentes del Parlamento autonómico Nuria de Gispert y Joan Rigol; y, por ejemplo, a quien fuera alcalde de Barcelona durante aquel 9 de noviembre de 2014, Xavier Trias.
El Tribunal Supremo conduce en paralelo la investigación a Francesc Homs, aforado nacional en calidad de diputado en el Congreso, por los mismos hechos y los mismos delitos. Los magistrados alcanzaron idéntica conclusión que el fiscal que condujo inicialmente las pesquisas: el portavoz de los separatistas de Democracia y Libertad "tuvo un comportamiento intencionado de indudable trascendencia" para garantizar la celebración de la consulta.
Participaciones concretas
El auto de apertura de juicio oral resultó especialmente contundente contra el separatismo catalán. El TSJC emprendió contra "ilustres comentaristas" del bloque rupturista, enrocados en la idea de que la causa de la consulta del 9N de 2014 "se halla instrumentalizada políticamente". Nada más lejos, entienden los magistrados, "por más que se repita en algunos foros", la causa se abrió por convocar la consulta, sino "por un presunto delito de desobediencia a una comunicación del Tribunal Constitucional".
Las conclusiones de esta investigación presentan a Artur Mas como "autor" de los delitos. El entonces presidente catalán, "conocía desde el mismo día 4 de noviembre de 2014 la providencia del Tribunal Constitucional por la cual debía dejar sin efecto la convocatoria del 9N". A partir de entonces, considera el juez instructor, el líder de los separatistas debía haber detenido todos los procedimientos para dar cumplimiento a la resolución del intérprete supremo de la Carta Magna, que también suspendió los actos de preparación del 9N.
Mas manifestó ante los medios de comunicación y en su declaración judicial que el proceso no se llevaría a cabo por la Generalidad sino por medio de voluntarios, de manera que el proceso quedaba en manos de particulares. Sin embargo, explica el juez, los indicios apuntan en una dirección contraria. Al parecer, "intervinieron contratistas privados contratados por el Gobierno catalán tras el día 4 de noviembre y en especial durante los días 7, 8 y 9 de noviembre, de manera que sin ellos el proceso participativo no hubiera podido llevarse a cabo". Se refiere concretamente al suministro de los programas informáticos para permitir la votación.
Por lo tanto, resume la investigación, Artur Mas "consintió y no paralizó los diferentes procedimientos de contratación, algunos de carácter tan evidente como la preparación de un centro de prensa en Montjuic para informar públicamente de los resultados, la fabricación e instalación del software informático o la difusión de contenido de la campaña institucional en los medios de comunicación, se comprometían recursos públicos de la Administración catalana".
Joana Ortega e Irene Rigau
El TSJC califica a las exconsejeras como "cooperadoras necesarias del ilícito".
La vicepresidenta Joana Ortega también actuó de cara a preparar y celebrar la consulta del 9N, en coordinación con Mas. Según el instructor de la causa, la también consejera de Presidencia "contrató un suplemento del seguro de accidentes para los voluntarios, la construcción de la página web y la arquitectura informática necesaria para que la jornada del 9N fuese operativa. De hecho, el juez cree que fue Ortega quien procedió "en el Centro de prensa internacional a dar publicidad a los resultados obtenidos". Ella declaró que el proceso estaba en manos de los 42.000 voluntarios, se autogestionaba y no era posible suspender el proceso.
Por último, la acusación a la consejera de Enseñanza, Irene Rigau, se basa en su trabajo conjunto con los jefes de los servicios territoriales. En base al escrito del juez, presionó para que los directores de Instituto "cedieran los mismos para su apertura como puntos de votación en la jornada del 9N, a la par que posibilitó que en los mismos durante los días 7 y 8 de noviembre se instalaran los ordenadores, el software necesario y el material para poder proceder a la votación". Y ello, apunta el magistrado del TSJC, aún sabiendas de la prohibición expresa del Constitucional.