Luis Pizarro, cabeza del clan de Alcalá y exconsejero de Gobernación de la Junta de Andalucía, eliminó sin más los votos del PP que se depositaron para la elección de las secretarías de la Mesa del Parlamento, provocando la reacción inmediata de los populares andaluces, que lo acusaron de vulnerar la legalidad vigente. Aquella sesión, recogida en un bochornoso vídeo, fue recurrida en amparo por el PP andaluz ante el Tribunal Constitucional, que ahora ha dado la razón al PP.
El pucherazo político se perpetró cuando Pizarro, conocido en algún medio como Luis Maduro Pizarro y siendo presidente por un día, se arrogó la potestad de interpretar el reglamento del Parlamento y decidió, sin más, eliminar los votos populares y darle los puestos de la secretaría a Ciudadanos y a Izquierda Unida, con muchos menos votos que el PP. El partido anunció recurso ante el Tribunal Constitucional.
Tanto Ciudadanos, como Podemos e IU quedaron como cómplices de una operación, silenciada en Canal Sur, que les beneficiaba, a algunos de ellos, directamente por lograr un puesto en la Mesa de manera inmediata.
Se esperan ahora las acciones políticas y judiciales del PP. Las políticas podrán consistir en la exigencia de dimisión inmediata del diputado Luis Pizarro, del PSOE de Cádiz, por orquestar aquella operación ilegal. La segunda, pedirle responsabilidades penales tanto a él como al PSOE por su evidente complicidad.
La sentencia del Tribunal Constitucional
Entresacamos algunos textos de la sentencia que dejan muy claro lo ocurrido aquel día 15 de abril de 2015, hace ahora año y medio.
a) El 22 de marzo de 2015 se celebraron las elecciones al Parlamento de Andalucía y el 16 de abril de ese mismo año la Cámara celebró su sesión constitutiva, presidida, de acuerdo con el art. 3 del Reglamento del Parlamento de Andalucía (RPA), por el diputado electo de mayor edad (que resultó ser don Luis Pizarra Medina, diputado electo del PSOE)… Una vez declarada abierta la sesión y tras dar lectura al Decreto de convocatoria y a la relación de diputados electos, se procedió a la elección de la Mesa del Parlamento (compuesta por el Presidente, tres Vicepresidentes y tres Secretarios…
En aplicación de los preceptos indicados, en la sesión constitutiva del Parlamento de Andalucía se procedió a la elección del Presidente conforme al procedimiento regulado en el art. 34.1 RP A, resultando elegido, en segunda votación, el candidato propuesto por el PSOE, por mayoría de 47 votos. A continuación, siguiendo el procedimiento previsto en el art. 34.2 RP A, se procedió a la elección de los tres Vicepresidentes; de los 109 votos emitidos, la candidata propuesta por el PSOE obtuvo 47 votos, siendo proclamada Vicepresidenta primera; la candidata propuesta por el PP obtuvo 33 votos, siendo proclamada Vicepresidenta segunda; el candidato propuesto por PODEMOS obtuvo 15 votos, siendo proclamado Vicepresidente tercero.
Pero a la hora de elegir a los secretarios de la Mesa,
una vez efectuada la votación el resultado del escrutinio fue el siguiente: de un total de 109 votos emitidos, la candidata propuesta por el PSOE obtuvo 47 votos; la candidata propuesta por el PP ( doña Patricia del Pozo Femández, recurrente en amparo) obtuvo 33 votos; el candidato de C's obtuvo 9 votos y el candidato de IU 5 votos, emitiéndose 15 votos en blanco (PODEMOS no presentó ningún candidato).
Pero aunque legal y estatutariamente correspondía al PP el puesto de Secretario de la Mesa,
se proclamó a los tres Secretarios de la Mesa del Parlamento sin respetar, aun exigiéndolo el Reglamento de la Cámara, los resultados de la votación previa, vulnerando el derecho fundamental de la diputada recurrente, elegida para ocupar la Secretaría segunda de la Mesa, a ejercer las funciones representativas con los requisitos que señalan las leyes.
Esto es, Luis Pizarro, diputado de más edad y miembro del PSOE, presidente de la sesión constitutiva aunque no carecía de competencia para interpretar el Reglamento de la Cámara, hizo una interpretación sin fundamento en favor de las alianzas del PSOE con IU, hasta hacía poco su socio de gobierno y que se quedaba, estatuto en mano, sin puesto en la Mesa del Parlamento. Pizarro despreció los votos parlamentarios del PP en favor de IU, algo condenado por el Tribunal Constitucional.
En el texto de la sentencia se dicta:
Estimar el recurso de amparo interpuesto por doña Patricia del Pozo Femández y, en su virtud:
1 º) Declarar que ha sido vulnerado su derecho a ejercer las funciones representativas con los requisitos que señalan las leyes (art. 23.2 CE), en relación con el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos a través de sus representantes (art. 23.1 CE).
2°) Restablecer a la recurrente en su derecho y, a tal fin, declarar la nulidad de la decisión del Presidente de la sesión constitutiva del Parlamento de Andalucía celebrada el 16 de abril de 2015 por la que se proclamó a los tres Secretarios de la Mesa, en cuanto excluye a la recurrente, y reconocer su derecho a formar parte de la Mesa del Parlamento de Andalucía como Secretaria segunda, todo ello con los efectos indicados en el fundamento jurídico quinto de esta Sentencia.
Publíquese esta Sentencia en el "Boletín Oficial del Estado.
Izquierda Unida, que se beneficiaba directamente de la operación de la eliminación del puesto del PP en la Mesa, no alzó la voz. Pero Podemos y Ciudadanos fueron cómplices pasivos de la operación que ha dejado al PSOE con una mayoría holgada para tomar decisiones en la Mesa hasta el momento.