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Investigan a miembros de la CUP y Podemos por la quema de fotos del Rey en la Diada

La Fiscalía ha pedido al juez Fernando Andreu de la Audiencia Nacional que cite como investigadas a cinco personas por injurias a la Corona.

Quema de fotos del Rey durante la pasada Diada en Cataluña | EP

El escenario no generaba ningún tipo de duda puesto que existían en las redes sociales y los medios de comunicación vídeos que demostraban cómo manifestantes de la Diada catalana del pasado 11 de septiembre, convocados por los separatistas catalanes y los antisistema de la CUP, quemaban imágenes con el rostro del Rey en cuyo reverso estaba la Constitución Española. El juez Fernando Andreu de la Audiencia Nacional encargó una serie de diligencias para detectar a los autores de este supuesto delictivo y la Fiscalía ha reaccionado una vez recibidos los dictámenes firmados por los Mossos d'Esquadra que lo presenciaron.

La representación del Ministerio Público en la Audiencia Nacional ha solicitado al juez Andreu que cite a cinco personas para que declaren como investigadas. Atribuye un delito de injurias a la Corona a Aitor Blanc, portavoz de SOM Gramenet en el Ayuntamiento de Santa Coloma –candidatura liderada por Podemos–; Jordi Almiñana; Nora Miralles, suplente en las listas de la CUP al Ayuntamiento de Barcelona en las elecciones autonómicas de 2015; Ivan Altimira, asesor de la CUP para el consistorio de la Ciudad Condal; y Roger Santacana, integrado con los antisistema como candidato por Manresa.

La Fiscalía impulsó las diligencias el 12 de septiembre ante los episodios acaecidos en las calles de Barcelona. También investiga la proliferación de cánticos rupturistas, con una por encima del resto que lleva la rúbrica directa de la CUP. La propia cuenta en Twitter de la formación en Barcelona, @CUPBarcelona, publicó un vídeo en el que un grupo de manifestantes amenazan con cortar el cuello al Rey. Un lema que ya empleó el pasado enero el portavoz de este grupo, Josep Gargantè, durante la comisión para retirar la medalla de oro de la ciudad a la infanta Cristina. Son estos versos del grupo Mesclat:

"Si el Rey quiere corona, corona le daremos, que venga a Barcelona y el cuello le cortaremos".

Aquel día se multiplicaron consignas como "Quien siembre la miseria recoge la rabia" o "Fuera fascistas de nuestros barrios" en una manifestación bajo el lema "En los Països Catalans desobedecemos por la independencia". La diputada de la CUP Anna Gabriel, que se mezcló con los asistentes, justificó la quema de banderas y fotos del Rey porque la gente "necesita expresar cuál es su estado de ánimo. En un país que se dice democrático estas expresiones también deben tener cabida".

El Código Penal

El cántico que en más de una ocasión han entonado miembros de la CUP -y que ya han institucionalizado mediante su cuenta de Twitter- no está lejos de lo que cualquiera puede entender una amenaza. No lo está, pero, como mínimo, podría considerarse injurioso por ofensivo. En su capítulo II, referido a los delitos contra la Corona, el Código Penal recoge estos artículos:

Artículo 490.2 Con la pena de prisión de tres a seis años será castigado el que amenazare gravemente a cualquiera de las personas mencionadas en el apartado anterior (Rey, Reina, Príncipe, Princesa y sus parientes en línea recta), y con la pena de prisión de uno a tres años si la amenaza es leve.

Artículo 490.3 El que injuriare al Rey o Reina a cualquiera de sus parientes en línea recta, a la Reina consorte o al consorte de la Reina, al Regente o a algún miembro de la Regencia, o al Príncipe o Princesa de Asturias, en el ejercicio de sus funciones o con motivo u ocasión de éstas, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años si la calumnia o injuria fueran graves, y con la de multa de seis a doce meses si no lo son.

La Ley también reserva castigos por la quema de banderas y símbolos democráticos. Depende de que la Justicia considere que convertir en cenizas la fotografía de Felipe VI puede dañar el prestigio de la Corona:

Artículo 491.2 Se impondrá la pena de multa de seis a veinticuatro meses al que utilizare la imagen del Rey o Reina o de cualquiera de sus ascendientes o descendientes, o de la Reina consorte o del consorte de la Reina, o del Regente o de algún miembro de la Regencia, o del Príncipe o Princesa de Asturias, de cualquier forma que pueda dañar el prestigio de la Corona.

Y en relación a los ultrajes a España y a sus símbolos, este es el precepto que recoge con nitidez las consecuencias de publicar un desafío:

Artículo 543: "Las ofensas o ultrajes de palabra, por escrito o de hecho a España, a sus Comunidades Autónomas o a sus símbolos o emblemas, efectuados con publicidad, se castigarán con la pena de multa de siete a doce meses". Multas que, con arreglo a la Ley de Seguridad Ciudadana podrían llegar hasta 30.000 euros.

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