El TSJC abre juicio oral contra Mas y sus "cooperadoras necesarias" Ortega y Rigau
El auto del magistrado José Francisco Valls Gumbau les atribuye dos delitos de desobediencia y prevaricación, penados con diez años de inhabilitación.
El TSJC ha dado un paso más en el caso 9-N. Artur Mas se sentará en el banquillo junto a Joana Ortega e Irene Rigau.En un auto del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) redactado por el magistrado José Francisco Valls Gumbau, y hecho público este jueves se les atribuye la comisión de dos delitos, desobediencia y prevaricación, y se descarta el de malversación de caudales públicos. De esta manera, los antedichos sólo podrán ser condenados a penas de inhabilitación, a pesar de que las acusaciones particulares pedían seis años de cárcel para los tres por malversación.
En el auto se califica a Mas como "autor" de los delitos y a Joana Ortega, vicepresidenta de la Generalidad en aquel momento, y a Irene Rigau, exconsejera de Enseñanza y en la actualidad diputada de Junts pel Sí se les considera "cooperadoras necesarias".
En uno de los párrafos del texto judicial se apunta: "El acusado el Sr. M. Hble. Artur Mas i Gavarró, President de la Generalitat de Catalunya en aquel momento, auxiliado directamente por destacados miembros de su Gobierno, las también acusadas las Sras. Hbles. Joana Ortega i Alemany y Irene Rigau i Oliver, entonces como Consellera de Governació y Consellera d’Educació, respectivamente, y con intervención también del entonces Conseller de la Presidència, actualmente aforado ante el Tribunal Supremo respecto del cual por dicho motivo se sigue Causa Especial separada por la Excma. Sala 2ª del Tribunal Supremo, articuló una estrategia de desafío completo y efectivo a la suspensión acordada por el Tribunal Constitucional, que conocieron el mismo día en que se dictó, el 4 de noviembre de 2014".
Continúa la resolución sobre la actitud de Mas tras conocer el fallo del TC: "De este modo, el acusado Sr. M. Hble. Sr. Artur Mas i Gavarró, amparado simplemente en su voluntad, que convirtió irrazonablemente en aparente fuente de normatividad, actuando con plena conciencia y voluntad, se abstuvo de suspender oficialmente la convocatoria que él mismo había efectuado, incumpliendo la obligación que como convocante le atañía a raíz del mandato del Tribunal Constitucional, y se concertó con el resto de acusados para disponer efectivamente, o cuando menos, dejar de truncar la continuación de todas las actuaciones públicas de preparación que ya estaban en marcha, así como cuantas otras era necesario que se produjeran en los siguientes días para preparar y desarrollar la votación señalada para el día 9 de noviembre de 2014".
De momento, el TSJC no ha decidido en qué fecha comenzará el juicio, que se celebrará en la sala de lo Civil y Penal.
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