La Fiscalía Anticorrupción se ha tomado el último auto del juez José de la Mata como un pulso a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y a su propio criterio. Es conocido que el instructor gaditano no detecta indicios suficientes para impulsar el procedimiento contra Neymar y sus padres, entre otros, por estafa y corrupción entre particulares. Tanto que dio carpetazo al asunto. Sin embargo, ejerciendo de superiora jerárquica, la Sala le obligó a reabrir la investigación. El magistrado ha atendido este mandato con un auto de tres párrafos en el que habilita un plazo para que las partes se pronuncien por la apertura de juicio oral o el sobreseimiento definitivo.
Un escrito que no ha sentado nada bien en la Fiscalía. No solo por su llamativa brevedad, también por alguno de los términos empleados. De la Mata encabeza el texto con un "en cumplimiento estricto" de lo acordado por la Sala para evidenciar su disconformidad con la decisión. La respuesta del Ministerio Público se ha precipitado en forma de recurso, cuyo abajofirmante asegura que el juez de instrucción "ha soslayado la orden directa de la Sala" y no da cumplimiento a la misma.
"El precepto no ha sido cumplido por el juez de instrucción vulnerando así las normas esenciales del procedimiento y causando indefensión", expone el recurso de Anticorrupción. La Fiscalía entiende que el magistrado ha de motivar el auto e incluir como investigados, además de al propio Neymar y a su padre, al expresidente del Barça Sandro Rosell, el presidente del Santos y las personas jurídicas del Barcelona y el club brasileño.
Caso Neymar
Para empezar, el club azulgrana reconoció un delito fiscal en el fichaje de Neymar: llegó a un acuerdo con la Fiscalía por el que pagó una multa de 5,5 millones de euros para exonerar a Bartomeu y Rosell. Ésta es otra vertiente. Como propietaria del 40% de los derechos federativos del astro culé, a DIS le correspondía ese porcentaje del total de la operación y, según expone la queja, lo cobró sobre los 17 millones tasados inicialmente por las entidades, una cifra lejana a los más de 83 millones en los que la investigación cifra la compra o los 94 que sostiene la Fiscalía Anticorrupción. En otras palabras, el movimiento habría encerrado una estafa de más de 20 millones a DIS.
También se deriva en una serie de "contratos simulados" que, según la querella, "pretendían disfrazar lo que en realidad era el pago por la transmisión de los derechos federativos con otros conceptos que no obedecían a la realidad". Habrían consistido en el pago de 7,9 millones de euros por un convenio de colaboración en materia de fútbol base que habría permitido la adquisición por parte del Barça de los jugadores Víctor Andrade Santos (3,2 millones), Givanildo Pulgas Da Silva (1,8 millones) y Gabriel Barbosa Almeida (2,9 millones). Por último, la celebración de un partido amistoso en Brasil con Neymar como jugador del Barça, que de no celebrarse, como así ha sido hasta la fecha, suponía un pago de 4,5 millones al Santos.
La corrupción entre particulares se habría cometido en la firma de un preacuerdo entre el Barcelona y Neymar. Al parecer, pactaron un pago de 40 millones de euros para que se incorporara una vez finalizado su vínculo con el Santos en 2014 con cláusula de incumplimiento por el mismo valor a través del cual, si el futbolista firmaba por otro club, tendría que acometer el ingreso de la mencionada cantidad. El Barça le abonó de primeras 10 millones y, dado que finalmente se incorporó un año antes de lo previsto, acometió los otros 30 millones. Según el magistrado que instruye la causa en la Audiencia Nacional, ese acuerdo habría vulnerado la libre competencia en el mercado de fichajes. De hecho, el Real Madrid aportó a las diligencias una oferta de 45 millones de euros que supuestamente se vio obligado a declinar.
Condenas en el Código Penal
Si se confirma la culpabilidad de Neymar y, en función del grado de los hipotéticos delitos, Neymar podría ingresar en prisión. El Código Penal tipifica el delito de estafa en su artículo 248 y, para la conducta que ocupa en concreto, prevé penas de cuatro a ocho años de cárcel. En relación a la supuesta corrupción entre particulares, el reglamento impone condenas privativas de libertad de seis meses a cuatro años.