No será Rosa María Freire, autora de un insólito auto contra el Partido Popular, quien decida si la formación política y tres de sus miembros se sientan en el banquillo por borrar los ordenadores que utilizaba Luis Bárcenas como tesorero. La titular del Juzgado de Instrucción nº32 de Madrid ha confirmado el procesamiento del PP en calidad de persona jurídica, la actual gerente Carmen Navarro y los jefes del servicio jurídico e informático Alberto Durán y José Manuel Moreno. Al mismo tiempo, admite un recurso de la Fiscalía para que la Audiencia Provincial de Madrid resuelva si abre o no juicio.
La instructora confirma que la investigación está agotada. Respalda los indicios delictivos de daños informáticos y encubrimiento. Rosa María Freire procesó el pasado 27 de julio a los imputados al entender que el PP no solo borró 35 veces los discos duros de Bárcenas, sino que los "rayó, rompió y tiró a la basura" haciéndolos desaparecer. Unos dispositivos que, según el extesorero, contenían información sobre la presunta contabilidad B del partido que se investiga de forma paralela en la Audiencia Nacional.
Aparece la doctrina Botín
En medio de este panorama, emerge la denominada doctrina Botín. Esta doctrina, es decir, manera de proceder del Poder Judicial fijada por el Alto Tribunal, nace de una resolución del Tribunal Supremo de 2007 que impide juzgar a alguien si únicamente le acusa quien ejerce la acción popular, y no la Fiscalía o el perjudicado por el supuesto delito. En aquella sentencia, se confirmó el archivo del llamado caso de las cesiones de crédito, en el que estaban imputados Emilio Botín y otros directivos del Banco Santander, que quedaron exonerados. A comienzos de 2016 volvió a los titulares en relación a su aplicación a la infanta Cristina de Borbón en el juicio del caso Nóos, aunque la hermana del Rey no pudo acogerse a este beneficio.
El Partido Popular presentó la semana pasada un escrito donde el abogado de la formación, Jesús Santos, hace hincapié en que Bárcenas retiró la acusación en el caso del borrado de los ordenadores. Dado que ya no hay ningún perjudicado personado en el procedimiento y la Fiscalía tampoco detecta indicios de delito, de hecho solicita el archivo, "no es posible mantener una causa penal abierta únicamente a instancias de las acusaciones populares".