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La Audiencia de Sevilla deja a UGT de Andalucía sin 'brujas que cazar'

Confirma que la 'caza de brujas' sindical ha existido y que apenas tiene fundamento en los hechos.

La Audiencia de Sevilla ha confirmado que la caza de brujas de UGT ha existido y que apenas tiene fundamento en los hechos. Tómese nota de que los hechos denunciados relativos al comportamiento irregular de la rama andaluza de UGT, hechos como comilonas, regalones, desviaciones y otras corruptelas sí están debidamente acreditados e investigados judicialmente.

Recuérdese que UGT de Andalucía, tras saltar el escándalo de sus facturas y gastos falsos y/o desviaciones de subvenciones a la formación de parados revelado por Libertad Digital en 2013, en vez de iniciar una investigación interna por el nivel de corrupción denunciado, se dedicó a una intensa caza de brujas para descubrir quiénes habían contado a la prensa sus irregularidades.

El Mundo y ABC dan cuenta este miércoles del auto de la Audiencia Provincial de Sevilla que deja malparado el intento de UGT Andalucía para inculpar a dos de sus extrabajadores, Laureano Conde y Roberto Macías.

Por una parte, la Sección Tercera del tribunal ha confirmado el archivo de la causa abierta contra el exempleado Laureano Conde por parte del juzgado de instrucción 13 de Sevilla. Es preciso recordar que UGT Andalucía lo despidió y denunció por el borrado de archivos pero la Audiencia cuestiona que se hayan eliminado ficheros esenciales correspondientes a la contabilidad del sindicato toda vez que éste no ha concretado cuáles son, "lo que lleva a pensar que o bien los documentos borrados eran personales del denunciado o que su borrado no ha causado el menor daño".

Roberto Macías fue denunciado por UGT-A por revelación de secretos y solicitó para él una pena de cuatro años de prisión y 60.000 euros de sanción. Macías recurrió en apelación el auto contra la apertura de juicio. La Audiencia ha estimado en parte su recurso, reduce a sólo dos los documentos dudosos, obliga a la instructora a seguir investigando y accede a la petición de documentos que hizo el extrabajador -petición que fue denegada por la juez instructora -, para acreditar que la información supuestamente filtrada estaba a disposición de "un gran número de personas".

El tribunal sienta con claridad que sólo 2 de 22.500 archivos que UGT dice que fueron copiados y revelados supuestamente por el ex trabajador podrían afectar a la intimidad de ex responsables sindicales, como un extracto de la liquidación de la Visa Oro del ex líder ugetista Manuel Pastrana del año 2009.

La Audiencia recuerda que el delito de la revelación de secretos protege la "esfera de la intimidad personal", pero no la de una organización sindical y tampoco la posible difusión de la contabilidad interna de UGT. Esto es, si los datos que se revelan no son datos que afecten a la intimidad personal, no están comprendidos en delito alguno de tal índole.

Dado que los datos presuntamente difundidos por Macías a que se refiere UGT-A son "facturas del sindicato con determinadas empresas", no afectan a intimidad personal alguna. Pero, además, la Audiencia ha confirmado que otros archivos de cuya revelación se acusa a Macías son posteriores a su despido, cuando ya no tenía acceso a la empresa.

Incluso en el caso de los datos publicados de Manuel Pastrana, ex secretario general de UGT ahora imputado en el caso, se refieren a movimientos bancarios de su tarjeta Visa que fueron emitidos por la entidad después del despido de Roberto Macías, "por lo que difícilmente pudo el recurrente apoderarse de esos documentos cuando estuvo trabajando como empleado en el sindicato y ser él quien se los facilitara a los medios de comunicación", dice textualmente el auto de la Audiencia.

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