Las casualidades no existen y menos en las reformas de la ley. El último texto del Código Penal -que entró en vigor el pasado 1 de julio- incluye una redacción en el artículo 579 bis 4 que permite la revisión de sentencias firmes para aplicar una reducción de las penas en uno o dos grados. Un enunciado que podría permitir, dejando a un lado la literalidad, que un buen número de terroristas de ETA salgan de prisión antes de tiempo. La posibilidad es cercana y palpable. Tanto que la Audiencia Nacional estudiará el 13 de mayo si reduce condenas a terroristas sin delitos de sangre. La Sala de lo Penal ha programado un Pleno en el que los magistrados abordarán esta cuestión.
Los resquicios normativos han brindado una nueva oportunidad a los etarras. Varios integrantes de la banda terrorista han pedido ya a la Audiencia Nacional que revise sus condenas. Se aferran a esta posibilidad para obtener reducciones en las penas gracias a la modificación legal. Este patrón podría repetirse sistemáticamente si la Sala concluye a favor de la reducción. Una rebaja de la sentencia, en los términos que establece el nuevo marco legislativo, podría suponer la puesta en libertad de varios de los 293 integrantes y colaboradores de ETA que permanecen en distintas prisiones de España.
El Pleno pretende con esta reunión unificar el criterio de los magistrados que componen las distintas Secciones de la Sala de lo Penal, encargadas de juzgar a los acusados. Según fuentes jurídicas, se espera confrontación en el debate, puesto que existen posiciones que defienden la conveniencia de ambos extremos. Al parecer, la magistrada conservadora que ha impulsado este encuentro, Concepción Espejel, representará el ala favorable a mantener las condenas; mientras que el juez progresista Ramón Sáez tomará la palabra por los propicios a aplicar el atenuante a los terroristas.
Por su parte, la Fiscalía de la Audiencia Nacional dirigida por Javier Zaragoza se ha opuesto a la rebaja de las penas a tenor del reglamento modificado porque "no se puede aplicar el subtipo atenuado" en los casos relativos a presos de ETA.
Fallos dispares
Dos tribunales de la Audiencia Nacional han aplicado ya de forma directa este artículo. Primero lo hicieron en el caso de los 35 miembros de la reconstruida Batasuna, el Partido Comunista de las Tierras Vascas y Acción Nacionalista Vasca el pasado 13 de enero, después de que los acusados admitieran el "daño causado" a las víctimas y pidieran perdón. Hace unas semanas, cinco miembros de Ekin emularon a los integrantes del partido ilegalizado y aceptaron dos años de cárcel tras renunciar al uso de la violencia.
Sin embargo, algunos de los jueces de la Sala de lo Penal consideran que lo más sensato es esperar a que el Tribunal Supremo se pronuncie sobre esta cuestión y siente la jurisprudencia que marque la línea de actuación al resto de los órganos jurisdiccionales.