La juez de Podemos increpa a un empleado por no abrirle la sala VIP del aeropuerto
La exjuez Victoria Rosell reclamó entrar en la sala de autoridades. Su actitud fue "soberbia", según los empleados.
La diputada de Podemos y exjuez Victoria Rosell exigió en la madrugada de este jueves que abrieran para ella la Sala de Autoridades del Aeropuerto de Gran Canaria, cuando se disponía a tomar un vuelo en dirección a Madrid.
El incidente se produjo en torno a las seis menos cuarto de la madrugada, cuando la diputada y exjuez pidió primero en el mostrador de Iberia y después en el de Información de AENA que abrieran para ella "inmediatamente" la Sala de Autoridades del aeropuerto de Gran Canaria. La petición, según fuentes conocedoras de lo ocurrido, se hizo con una actitud de soberbia.
La diputada de Podemos iba a viajar a Madrid en el vuelo de Iberia 3935 de las 6:30 horas de esta mañana. En su petición, Victoria Rosell alegó "de muy malas formas", increpando al técnico de Información que había otros políticos que pasaban por la sala de Autoridades del aeropuerto.
Además, aseguró que en otros aeropuertos sí tienen una distinción con ella y la dejan acceder por el fast lane o carril rápido -con el que se ahorra tiempo en el control de seguridad del aeropuerto-, mientras que en el aeropuerto de Gran Canaria no estaba habilitado.
Según las fuentes consultadas, el técnico explicó a la diputada del partido de Pablo Iglesias que el fast lane, que habitualmente se abre para los pasajeros de bussines, no estaba abierto porque no había cola para acceder al avión por el acceso habitual.
Además, en información intentaron indicar a la diputada de Podemos cómo es el procedimiento para solicitar la apertura de la Sala de Autoridades y quiénes son las personas que tienen derecho a ella. Sin embargo, Victoria Rosell no quiso atender a las explicaciones y se marchó dando la espalda a la persona que le estaba explicando el procedimiento.
Los diputados no tienen acceso
Un Real Decreto de 1983 establece quiénes pueden utilizar dicha sala. Su uso es restringido, no está permitido a los diputados y debe ser abonado por el organismo que lo solicita.
En concreto, el Real Decreto 20/99 de 1983 restringe el uso de las Salas de Autoridades a lo que se considera altas autoridades del Estado. Es decir, a la Casa Real, al presidente del Gobierno, los ministros, los secretarios de Estado, los subsecretarios y los secretarios generales de los ministerios, así como los directores generales de la Policía y la Guardia Civil.
También pueden usarla los presidentes de Congreso y Senado, los presidente del Tribunal Constitucional y del Supremo y los miembros del poder judicial, los expresidentes del Gobierno, el jefe de la oposición, el Fiscal General del Estado, el presidente del Consejo de Estado, el del Tribunal de Cuentas, el Defensor del Pueblo, los delegados del gobierno de CCAA, el Gobernador del Banco de España y los Jemes. Todo ello cuando el viaje que realizan sea oficial.
Los cargos del Ministerio de Asuntos Exteriores y los embajadores también pueden usarla previa petición, mientras que el resto de los autorizados tienen derecho por sí mismos y sólo lo tienen que notificar a la Sala de Autoridades del Aeropuerto de que se trate con antelación. Pero según esta regulación, los diputados de las Cortes Generales no tienen acceso al uso de estas salas de autoridades.
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