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La decisión de Rajoy pone el marcador a cero

La decisión de Rajoy mueve el calendario hacia la investidura.

El Congreso en una imagen de archivo | EFE

Tras la primera ronda de contactos, el paso atrás de Rajoy -de momento- mueve el calendario posterior al 20D. Su renuncia ante el Rey a someterse a la primera votación de investidura dilata los tiempos, como él mismo ha comentado en la comparecencia. Este es el calendario con las nuevas fechas que hay que tener en cuenta:

25 de enero: El Rey vuelve a recibir al presidente del Congreso. Patxi López le llevará, a las 17 horas, la lista con los representantes de los grupos que han obtenido representación parlamentaria. En principio, los portavoces serán los mismos, salvo que esta vez ERC acceda a acudir a Zarzuela u otro grupo renuncie a acudir.

27 de enero: el miércoles está previsto que el monarca abra la ronda de contactos. El calendario de reuniones aún no se ha publicado pero será similar al de esta semana, por lo que podría prolongarse otros cinco días.

30 de enero: con la maniobra del presidente, la fecha clave del 30 de enero se cuela en el calendario de consultas. Ese día se celebra el Comité Federal que reunirá a Pedro Sánchez con los barones y llegará antes de que Sánchez sea convocado por el Rey. Ya se preveía que iba a ser una reunión clave para la posición de los socialistas ante los pactos, pero con el retraso en los tiempos la cita se convierte en trascendental. El secretario general se reunirá con el monarca tras escuchar a la plana mayor del partido.

Primera votación y apertura de la legislatura: la Constitución establece un plazo de quince días para la celebración de la sesión solemne de apertura de la legislatura, presidida por los Reyes, pero podría retrasarse para hacerla coincidir con el primer debate de investidura. Si no hay sorpresas de última hora, el debate podría llegar la primera semana de febrero o la segunda.

Segunda votación: es difícil, en principio, que el candidato sea elegido presidente en la primera votación, por mayoría absoluta. La votación se repetiría entonces a las 48 horas y bastaría una mayoría simple para ser investido.

Nuevas negociaciones: en el cambiante escenario actual, no es descartable una tercera ronda. Pero a partir de la primera votación, el tiempo empieza a correr: la Constitución, en el artículo 99, establece un plazo límite de dos meses para que algún candidato logre ser investido. Si no hay presidente, se tendrán que convocar necesariamente nuevas elecciones. Éstas se celebrarán necesariamente 50 días después de la convocatoria, es decir, en primavera.

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