La Audiencia Nacional ordena juzgar a Zapata por sus 'tuits' ofensivos
El concejal de Ahora Madrid publicó: "Han tenido que cerrar el cementerio de las niñas de Alcácer para que no vaya Irene Villa a por repuestos".
No estamos ante una sola expresión relacionada con una víctima del terrorismo, sino ante varias manifestaciones que pueden indicar desprecio a las víctimas más allá del mero ejercicio de humor negro. Es la reflexión de la Sala de lo Penal para estimar el recurso de apelación interpuesto por la Asociación Dignidad y Justicia. El texto se dirigía contra el archivo por parte del juez Santiago Pedraz de la causa contra Guillermo Zapata, concejal de Ahora Madrid, por la publicación de varios mensajes en la red social twitter. La Sección Segunda ordena al magistrado que continúe con el procedimiento ordenado y practique la investigación previa al juicio.
El Juzgado Central de Instrucción nº1 archivó el pasado octubre las actuaciones al entender que los hechos no eran constitutivos de infracción criminal. Acordó el sobreseimiento libre, con los mismos efectos que una sentencia absolutoria. El juez entendía que en la frase publicada en twitter no reunía los requisitos para este tipo de delitos.
Mensajes publicados en Twitter
"Solo a los efectos de justificar la dificultad jurídica de la labor de archivo" el escrito de la Sala recuerda la frase que puede revestir carácter delictivo: "Han tenido que cerrar el cementerio de las niñas de Alcácer para que no vaya Irene Villa a por repuestos". Existirían indicios de justificación por cualquier medio de expresión pública de delitos o de quienes hayan participado en su ejecución, o la realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los terroristas.
No encajarían en este tipo penal, "si bien se pueden tener en cuenta a la hora de valorar el contexto" los siguientes mensajes: "Rajoy promete recuperar la economía y a Marta del Castillo"; "Ser comunista nunca ha sido tan sencillo, es solo un poco más sencillo que ser de ETA"; "Se confirma que ETA, además de criminal era idiota, con la cantidad de simpatizantes y aliados que tenía, no fue capaz de tomar el poder"; y "¿Cómo meterías a cinco millones de judíos en un seiscientos? En un cenicero".
Recurso de las víctimas
Contra esta decisión, la Asociación Dignidad y Justicia solicitó como parte recurrente la revocación del auto para continuar con la instrucción de la causa. Entre los argumentos, esgrimió que Pedraz manejó únicamente la declaración del imputado, que niega su pretensión de lesionar la dignidad de las víctimas y defiende su libertad de expresión.
Se alega que resulta necesaria la práctica de diligencias solicitadas en la querella y, en concreto, incluir los informes solicitados por la policía judicial.
Se exponen las citadas diligencias a practicar: constatación de que los mensajes objeto de la querella han sido publicados en la cuenta de twitter del querellado desde el 31 de enero de 2011 hasta el 13 de junio de 2015, la identificación del autor de la publicación y, en general, todo aquello que acredite y sirva para determinar los hechos expuestos en la querella.
El magistrado sostiene que es inútil al haber asumido el querellado estos extremos, pero para la Sala es necesario de cara a la celebración de un posible juicio oral para que todo esté documentado y contrastado. Para la Sección Segunda es necesario analizar el elemento subjetivo del injusto y la real voluntad del sujeto autor de tales mensajes antes de emitir un auto prematuro.
Como nota, cabe reseñar el voto particular del magistrado José Ricardo de Prada de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal. Ha querido manifestar su discrepancia procesal, por delimitar las capacidades del juez durante la instrucción, y sustantiva, por entrar en la valoración de la conducta de Zapata sin que sea objeto del recurso. Sí han votado a favor los otros dos componentes, Concepción Espejel y Enrique López.
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