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Absueltos cinco de los siete miembros de Segi condenados a prisión

El Tribunal Supremo rebaja la pena a los dos restantes, permitiendo la puesta en libertad del conjunto de los integrantes.

Manifestación de los proetarras de Segi | EFE

Ningún miembro de Segi cumplirá su pena en prisión. El Tribunal Supremo ha puesto en libertad a los siete únicos integrantes de la rama juvenil de ETA condenados a seis años de cárcel por la Audiencia Nacional. Cinco de ellos salen absueltos porque no se ha probado su militancia activa, mientras que los dos miembros restantes se benefician del renovado Código Penal, que ampara una rebaja en la pena por hechos de "menor gravedad".

La Audiencia Nacional acordó sus condenas el pasado mes de mayo. Se fijó una pena de seis años de prisión para cada uno de los siete jóvenes por un delito de pertenencia a organización terrorista. Alberto Jorge Barreiro, magistrado del Tribunal Supremo, ha aplicado la jurisprudencia que exige una militancia activa y no la mera afiliación a un grupo para tipificar este acto como delictivo. Conducta que no se ha podido demostrar para los cinco miembros absueltos, ha absuelto a cinco de los siete miembros: Marina Sagastizabal; Emilio-Yus; Aiala Zaldivar Alvarado; Bergoi Madernaz del Pozo, número 2 de la lista de EH Bildu al Senado por la circunscripción alavesa; Igarki Robles Martínez del Campo y Xabat Moran.

Sí existen pruebas que avalan la participación activa en las acciones de Segi de los dos jóvenes restantes. Ainhoa Villaverde Barrutiabengoa ejerció de coordinadora de la organización en Vitoria e Ibon Esteban Escaloni desempeñó el puesto de dirigente en el barrio pamplonés de Rotxapea. El Alto Tribunal lo corrobora, por ejemplo, porque la primera manejaba los números de matrículas de coches de policía y el varón un manual para elaborar cócteles molotov. En todo caso, atiende a la petición de sus abogados, a la que no se opuso la fiscalía, para que se les aplique el Código Penal que entró en vigor el pasado 1 de julio. Su artículo 579 bis-4 permite rebajar las penas por delitos de terrorismo cuando el hecho se considere de "menor gravedad por los medios empleados o los resultados producidos". Puesto que el Supremo no detecta que hayan impartido directrices o participado en actos de violencia callejera, atenúa la pena en dos grados, reduciendo a dos los seis años de prisión ordenados por la Audiencia Nacional.

Organización Segi

Segi fue una organización juvenil perteneciente vinculada a ETA. El juez Baltasar Garzón determinó su ilegalidad en febrero de 2002 porque perseguía los mismos fines que la banda terrorista. En un comunicado emitido el junio de 2012, la propia rama anunció su disolución. De los 28 acusados en este caso, la Audiencia Nacional ya absolvió en su sentencia a otros 21, contra 12 de los cuales la Fiscalía retiró su acusación.

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