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El TSJC concluye que haber votado en la consulta del 9N no es delito

El tribunal rechaza las autoinculpaciones en solidaridad con Mas, Ortega y Rigau.

La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha concluido que el hecho de haber votado en la consulta separatista del 9 de noviembre "no constituye infracción penal de ninguna clase".

Así lo considera en una providencia, recogida por Europa Press, en la que rechaza una "autodenuncia" presentada por una de las personas que se autoinculparon cuando el tribunal abrió la causa contra el presidente de la Generalidad, Artur Mas, la exvicepresidenta del Gobierno Joana Ortega y la consejera de Educación, Irene Rigau.

El tribunal supone que estos tres delitos requieren la condición de autoridad o funcionario público o que aun siendo solo particulares haya "alguna forma de concierto" con los primeros, algo que el TSJC considera que no sucede en la "autodenuncia".

Como segundo argumento, el TSJC sostiene que la conducta confesada por sí misma no constituye ninguna otra infracción penal ya que no existe constancia de que estas personas que se ha autoinculpado hayan podido cometer un delito de desórdenes públicos u otro similar.

El documento que los participantes rellenaron y presentaron para autoinculparse tenía una doble casilla que permitía escoger a qué tribunal querían remitir la autoinculapción: al juzgado de guardia o a la Sala Civil y Penal del TSJC. Se exponía que el firmante tenía conocimiento de que el 9 de noviembre se realizó la consulta para conocer la opinión de la ciudadanía sobre el futuro político de Cataluña y que sabía que la Fiscalía había presentado una querella contra Mas, Ortega y Rigau.

Citados como testigos

Por otro lado, el magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que investiga al presidente catalán, Artur Mas, por la consulta del 9N, ha citado como testigos al inspector jefe de Enseñanza y a dos directores de instituto, uno de los cuales se negó a ceder las llaves de su centro para la votación.

En una providencia, a la que ha tenido acceso Efe, el magistrado del TSJC Joan Manel Abril ha citado como testigos para el jueves 30 de julio al inspector jefe de Enseñanza, que asistió a las dos reuniones que convocó la directora territorial de Barcelona -los días 16 y el 22 de octubre-, para informar a los centros sobre su papel en la consulta alternativa del 9N.

A instancias de la Fiscalía, el magistrado también ha citado el mismo día como testigos a la directora del IES Pompeu Fabra de Badalona (Barcelona), donde se acogieron urnas de la consulta, y al director del IES Pedraforca de Hospitalet de Llobregat (Barcelona), que se negó a ceder las llaves del local, por lo que se tuvo que buscar un centro alternativo.

El TSJC ha citado a estos tres testigos después de que el pasado 13 de julio la directora de los Servicios Territoriales de Enseñanza en Barcelona admitiera que convocó dos reuniones con directores de instituto, y que dos inspectores de la consejería advirtieran de que algunos responsables de instituto les aseguraron que en la reunión se les pidió que permitieran la apertura de los centros para la votación.

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