El Partido Popular (PP) ha presentado su recurso de apelación en la Audiencia Nacional contra la decisión del juez José de la Mata de sentarlo en el banquillo de los acusados como responsable civil de un delito fiscal cometido presuntamente por los administradores de la formación, los extesoreros Luis Bárcenas y Álvaro Lapuerta y el ex gerente Cristóbal Páez.
En el recurso, dirigido a la Sala de lo Penal, el partido de Mariano Rajoy invoca a la denominada doctrina Botín para evitar así ir a juicio por la contabilidad paralela que el PP mantuvo durante dieciocho años.
Con esta polémica doctrina, el Tribunal Supremo estableció que no se podía abrir juicio oral contra un acusado si sólo lo solicitaban las acusaciones populares y se oponían la Fiscalía y los perjudicados directos del supuesto delito, en este caso, la Agencia Tributaria, representada a través de la Abogacía del Estado.
En el documento, el PP señala que "existe una ausencia de legitimación activa por parte de las acusaciones populares para alegar una presunta responsabilidad civil –y también penal- en relación con el Impuesto de Sociedades de 2008".
En este sentido, los populares sostienen que ni el Ministerio Fiscal- en referencia al fiscal Anticorrupción Antonio Romeral- ni la Abogacía del Estado han presentado acusación alguna contra el partido por un delito contra la Hacienda Pública.
La Audiencia no es competente
"La interpretación realizada por parte del magistrado instructor yerra al considerar que el delito contra la Hacienda Pública es uno de los que admiten ser perseguidos por parte de los acusadores públicos por sí solos cuando el Alto Tribunal al matizar la conocida doctrina Botín no excluyó ni explicita ni implícitamente dicho delito del alcance de dicha doctrina", argumenta la defensa del PP.
En contraposición, el magistrado De la Mata cree que las donaciones que la formación presuntamente recibió en el año 2008 y no declaró a Hacienda constituyeron un delito fiscal que es imputable a "quien actuara como administrador o responsable legal de la formación política" y por el que la formación debe responder como responsable civil subsidiario.
Asimismo, en su recurso, el PP considera que el caso de la Caja B no debe ser juzgado en la Audiencia Nacional al considerar que la supuesta defraudación a Hacienda no ha tenido "repercusión en la economía nacional" y que por lo tanto, el procedimiento debe derivarse a los juzgados ordinarios, es decir, a la Audiencia Provincial de Madrid.
"Debe poner de manifiesto esta representación procesal que la competencia objetiva del delito contra la Hacienda Pública del que se hace responsable civil subsidiario a mi principal no debe enjuiciarse en la Audiencia Nacional, al carecer ésta de la competencia necesario y debiendo procederse a que se remiten las actuaciones al Juzgado de Instrucción Decano de los de Madrid, al ser la Audiencia Provincial de Madrid la que debería ser competente para el enjuiciamiento de los hechos", reza el recurso.