Bárcenas y Lapuerta serán juzgados como organización criminal por la Caja B
El PP irá a juicio como responsable civil subsidiario. El juez le ordena que en el plazo de diez días abone 1,2 millones de fianza.
El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha dictado este jueves el auto de apertura de juicio oral por la caja B del PP y envía al banquillo de los acusados a los extesoreros Álvaro Lapuerta y Luis Bárcenas; al ex gerente Cristóbal Páez; al arquitecto Gonzalo Urquijo y la empleada de Unifica Belén García y la arquitecta Laura Montero.
En la resolución, el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 5 de la Audiencia sostiene que "desde 1990 y hasta al menos 2008" el Partido Popular "habría venido sirviéndose de diversas fuentes de financiación ajenas al circuito económico legal con varios sistemas de cuentas que registraron corrientes financieras de entradas y salidas al margen de la contabilidad oficial declarada por el partido al Tribunal de Cuentas". De la "llevanza" de esa caja B se habría encargado Luis Bárcenas "en connivencia" con el también extesorero, Álvaro Lapuerta.
Por estos hechos, los que fueran hombres de finanzas del PP- Bárcenas, Lapuerta y Páez- serán juzgados por la Sala de lo Penal de la Audiencia por los delitos de organización criminal, asociación ilícita, falsedad contable, tráfico de influencias, blanqueo de capitales, delito electoral y delitos contra la Hacienda Pública.
Ruz no acusó a ninguno de ellos en al auto donde propuso juzgarlos ni de pertenencia a organización criminal, ni de blanqueo, ni de delito electoral, tráfico de influencias o asociación ilícita.
Fuentes jurídicas consultadas por Libertad Digital, explican que el auto de apertura de juicio oral se dicta después de que el instructor haya recibido los escritos de acusaciones de las partes y, por esta razón, el magistrado De la Mata ha incluido algunos tipos delictivos que Ruz no incluyó en el auto de transformación de diligencias previas en procedimiento abreviado.
De hecho en su auto, de 102 páginas, José de la Mata sostiene que procede acordar la apertura de juicio oral por los siete delitos citados anteriormente "a la vista de los distintos escritos de acusación formalizadas por el Ministerio Fiscal, Abogado del Estado y demás partes acusadoras".
Delito fiscal del PP
Además, el instructor cree que las donaciones que el Partido Popular (PP) presuntamente recibió en el año 2008 y no declaró a Hacienda constituyeron un delito fiscal que es imputable a "quien actuara como administrador o responsable legal de la formación política" y por el que, en todo caso, la formación debe responder como responsable civil subsidiario.
"Viniendo obligados los partidos políticos a presentar y suscribir declaración por el impuesto de sociedades con relación a las rentas exentas, la falta de presentación y suscripción de la referida declaración por el PP en el Impuesto de Sociedades de 2008 por la donaciones contrarias a la ley presuntamente recibidas en dicho ejercicio, eventualmente habría determinado la omisión de ingresar una cuota por encima del umbral de 120.000 euros previsto en el artículo 305 del Código Penal", recoge el juez en el auto.
A juicio de De la Mata, las donaciones no cumplían "con los presupuestos, requisitos y limitaciones, tanto formales como materiales, establecidos en la normativa vigente reguladora de la financiación de los Partidos Políticos". Además, estas "aportaciones privadas" fueron destinadas a "pagos fiscalmente opacos y ajenos a la contabilidad oficial remitida por el Partido Popular al Tribunal de Cuentas".
De esta forma, el magistrado rechaza la petición del fiscal Anticorrupción, Antonio Romeral, quien solicitó que se archivara la causa para el PP respecto al citado delito fiscal.
Fianza de 1,2 millones para el PP
Por otro lado, el juez acuerda también abrir juicio oral contra la empresa Unifica, que llevó a cabo las obras de la sede de Génova (como responsable civil directo y solidario y también como responsable civil subsidiario) y contra el Partido Popular, como responsable civil subsidiario.
Asimismo, el instructor De la Mata fija fianzas por responsabilidad civil subsidiaria al PP por valor de 1'2 millones de euros, por los 220.000 euros como cantidad que habría dejado de ingresar ante la Hacienda Pública por el impuesto de sociedades de 2008 y algo más de un millón de euros por el impuesto de sociedades de 2007 que pagó en negro a la empresa Unifica.
Los responsables directos de dichos fraudes fiscales serían los acusados Bárcenas, Lapuerta y Páez mientras que el responsable civil subsidiario de los citados delitos sería el partido como persona jurídica.
Sobre este extremo, el juez recuerda que la jurisprudencia del Tribunal Supremo ha establecido que "en caso de condena como responsable penal al administrador o responsable de una persona jurídica no cabe otra solución que considerar responsable civil subsidiario a la persona jurídica".
El magistrado da un plazo de diez días a las partes para que ingresen dichas fianzas en la Audiencia Nacional. Sino lo hacen se procederá al inmediato embargo de sus bienes.
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