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El CGPJ investigará si jueces del TSJM incurrieron en incompatibilidad al cobrar de Indra

El promotor de la Acción Disciplinaria ha citado este martes al presidente Francisco Vieira.

El promotor de la Acción Disciplinaria ha citado este martes al presidente Francisco Vieira.

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha decidido investigar si el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) Francisco Vieira, y una treintena de jueces de Madrid han incurrido en incompatibilidad al recibir una compensación económica por el desarrollo de una herramienta informática en Decanatos y Órganos Judiciales que puso en marcha en 2010 la Comunidad de Madrid a través de la empresa Indra.

Tras conocer la noticia publicada por El País, el promotor de la Acción Disciplinaria, Antonio Jesús Fonseca-Herrero, ha abierto este martes de oficio una información previa para ver si dichos magistrados podrían haber cometido alguna falta disciplinaria. Asimismo, Fonseca-Herrero ha citado este martes al presidente del TSJ de Madrid en la sede del CGPJ para preguntarle por este asunto.

Por otro lado, la Comisión Permanente del órgano de gobierno de los jueces, que preside Carlos Lesmes, se ha reunido este lunes para analizar la información y ha acordado por unanimidad dirigirse al Servicio de Inspección para recabarlos los datos necesarios para aclarar los hechos.

Por su parte, el presidente Francisco Vieira ha emitido este lunes un comunicado en el que explica que la Comunidad de Madrid solicitó la colaboración de jueces y magistrados, además de otro personal de la administración de justicia, para el desarrollo de esta herramienta informática y que él entendió que esa actividad no precisaba autorización ni reconocimiento de compatibilidad por parte del Consejo. El régimen de incompatibilidades de los jueces y magistrados está regulado en el artículo 389 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

En su escrito, el magistrado recalca que la actividad se desarrolló "fuera del horario laboral y suponía un gran esfuerzo de trabajo de los juristas". "Todas las cantidades percibidas han sido declaradas a Hacienda efectuándose las retenciones correspondientes", añade.

El presidente del TSJM ha defendido que esta actividad "es una forma de producción jurídica que redunda directamente a favor de la Administración de Justicia, por lo que entiendo que está exceptuada del régimen de incompatibilidades".

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