Menú

La Audiencia se opone a que se indulte a los policías del Faisán

La Sala no ve motivos de equidad ni utilidad social como para conceder las medidas de gracia.

La Sección Tercera de la Sala de lo Penal se opone a que el Gobierno conceda el indulto de los dos policías condenados por dar el soplo a la red de extorsión de ETA el 4 de mayo de 2006 en el bar Faisán, Enrique Pamiés y José María Ballesteros.

En sendos informes enviados al Ministerio de Justicia, que tendrá la última palabra de conceder dichas medidas de gracia, el tribunal sentenciador "se opone al indulto total o parcial solicitado, pues no encuentra motivos de equidad o de utilidad social" para la concesión de la medida de gracia a los agentes que fueron condenados en firme por un delito de revelación de secretos.

Por su parte, la Fiscalía de la Audiencia Nacional también se mostró contraria a la concesión de los indultos para Pamies y Ballesteros.

En el auto, los magistrados de la Sección Tercera hacen alusión a la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional el pasado 22 de septiembre que declaró nula "la interceptación de conversaciones orales mediante micrófonos", en interpretación del alcance constitucional del artículo 579.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Nueva jurisprudencia del TC

Los magistrados Guillermo Ruiz Polanco, Antonio Díaz Delgado y Clara Bayarri recuerdan que una de las pruebas que tuvo en cuenta la sentencia condenatoria de la Audiencia Nacional fue una conversación verbal grabada, mantenida entre el dueño del bar Faisán, Joseba Elosúa, y su yerno Carmelo Luquin, que fue escuchada en el juicio.

En dicha conversación, captada con una baliza instalada en el coche de Elosúa el 4 de mayo de 2006, el dueño del Faisán -ya fallecido- y su yerno se refieren a que quien les había dado el soplo era un 'txakurra'. "Se me hace difícil... que te llame un.... que te diga un 'txakurra'... para que le advierta a éste ... ¡que le van a ligar!", decía el propietario del establecimiento. Elosúa explicaba que la persona que le advirtió le dijo: "ya te habrá dicho mi compañero".

Los jueces entienden que la nueva jurisprudencia del TC "presumiblemente" habrá sido puesta de manifiesto por los condenados en sus recursos de amparo ante el tribunal de garantías por lo que tendrá que ser éste quien decida respecto a la presunción de inocencia.

Tras conocer la sentencia condenatoria del Tribunal Supremo, Enrique Pamies solicitó el pasado mes de julio al Gobierno que le indultase recordando que él ha "consagrado" toda su vida a "erradicar" el terrorismo, habiendo participado en la desarticulación de más de medio centenar de grupos de etarras, grupos de kale borroka y marcas sucesoras de Batasuna.

Por su parte, en su solicitud de indulto al Ejecutivo, José María Ballesteros, reconoció que en el caso del chivatazo se limitó a cumplir órdenes: "Me limité a cumplir un cometido policial, la orden de un superior, no sólo de un superior, sino del jefe superior de Policía del País Vasco, pero evidentemente sin conocimiento alguno del cometido".

La Sección Tercera decidió suspender la ejecución de la pena recogida en la sentencia del caso Faisán el pasado mes de septiembre mientras se tramitaba los indultos solicitados.

Temas

En España

    0
    comentarios

    Servicios

    • Radarbot
    • Libro
    • Curso
    • Alta Rentabilidad