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El CGPJ abre un expediente al juez que elaboró la 'constitución' catalana

El órgano de gobierno de los jueces deberá decidir ahora si lo aparta cautelarmente de la Carrera Judicial.

El órgano de gobierno de los jueces deberá decidir ahora si lo aparta cautelarmente de la Carrera Judicial.

El promotor de la acción disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial, Antonio Jesús Fonseca Herrero, ha abierto este jueves un expediente disciplinario al magistrado de la Audiencia Provincial de Barcelona Santiago Vidal por elaborar una "constitución" para la hipotética independencia de Cataluña.

Dicho expediente, remitido a la Comisión Disciplinaria del órgano de gobierno de los jueces, propone suspender cautelarmente al magistrado al haber éste "considerado y apoyado públicamente como legítimo el incumplimiento de las leyes y de la Constitución española".

A la hora de proponer esta sanción disciplinaria, el promotor también valora que Vidal "ha reconocido su participación sin autorización alguna en un grupo de trabajo de composición heterogénea e indeterminada encaminado a la elaboración de una Constitución para una Cataluña independiente".

Santiago Vidal justificó ante el Consejo el pasado mes de mayo la elaboración de una carta magna catalana diciendo que se trataba de un borrador "muy inicial" que redactó sin ninguna indicación de ningún partido político".

Asimismo, el promotor de la acción disciplinaria también considera probado que el magistrado de Barcelona "ha realizado de forma reiterada declaraciones públicas en apoyo de iniciativas políticas encaminadas a obtener la independencia" de esta autonomía.

Fonseca Herrero considera que el juez Santiago Vidal pudo incurrir en una falta muy grave recogida en el artículo 417.14 de la Ley Orgánica del Poder Judicial por "ignorancia inexcusable en el cumplimiento de deberes judiciales, por vulneración del deber básico de fidelidad a la Constitución y al ordenamiento jurídico".

De la misma manera, el magistrado de la Audiencia de Barcelona pudo cometer una falta muy grave consistente en una "vulneración del deber de observancia del régimen de incompatibilidades del artículo 389.5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial".

Por último, el promotor del CGPJ sostiene que "dada la extrema relevancia de los hechos descritos, con evidente proyección pública y social" la Comisión Disciplinaria debería ahora acordar la suspensión cautelar de funciones de Vidal.

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