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El Supremo confirma la condena de 15 años de inhabilitación a Coro Cillán

El Alto Tribunal considera que cometió un delito continuado de prevaricación en el caso Moma.

El Tribunal Supremo ha confirmado este miércoles la condena a la juez Coro Cillán impuesta por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por un delito continuado de prevaricación a 15 años y 1 día de inhabilitación para cargo público por un delito continuado de prevaricación.

Asimismo, el Alto Tribunal, que desestima el recurso de casación presentado por la juez, ha confirmado la multa de 8.200 euros que le fue impuesta por el tribunal madrileño.

Cillán, que fue la instructora de la causa abierta al exjefe de los Tedax, Juan Jesús Sánchez Manzano por su actuación en los atentados del 11-M, ha sido condenada por el caso Moma; en concreto, por favorecer a un amigo íntimo al precintar en 2011 la discoteca madrileña y por tratar de retener esa investigación en el Juzgado Número 43 de Madrid, del que hasta ahora era titular.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Joaquín Giménez, señala que la magistrada, estando de guardia y después de recibir una denuncia de uno de los propietarios de la discoteca Moma contra su socio, dictó ese mismo día un auto atendiendo a lo que había solicitado el denunciante. En dicho auto adoptó medidas cautelares sobre el precinto del local sin haber realizado ninguna comprobación en relación a los hechos denunciados y sin trámite de audiencia al denunciado, tal y como explica el Supremo.

La Sala de lo Penal en la sentencia sostiene como hecho probado que al día siguiente de ordenar el precinto de la discoteca, el 22 de septiembre de 2011, la juez en un nuevo auto acordó la administración judicial del recinto sin que conste motivación alguna más allá de haberse practicado una comparecencia entre las partes concernidas, sin concretar más.

Posteriormente, Cillán nombró como administrador del local al letrado con quien tenía una amistad íntima, fijando para él unos honorarios de 2500 euros mensuales.

El Supremo considera que esos dos autos son "clara y absolutamente prevaricadores porque sólo responden a la voluntad de la magistrada situándose extramuros de cualquier argumentación admisible jurídicamente, manifiestamente injusta y exteriorizada de una arbitrariedad". El juez, según la sentencia, "no puede erigirse en el tribunal de la conciencia de la ley porque ello suponer convertir su voluntad en el criterio de decisión para resolver el conflicto".

La juez Coro Cillán se encuentra actualmente apartada de forma cautelar de la Carrera Judicial. Una vez que el Consejo General del Poder Judicial reciba la notificación de la sentencia del Tribunal Supremo, la magistrada será expulsada de la Magistratura hasta que cumpla su condena.

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