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El magistrado Enrique López volverá a la Audiencia Nacional

Fuentes del CGPJ han señalado que su reingreso en la Audiencia Nacional, donde tiene su plaza de magistrado, es automático.

Fuentes del CGPJ han señalado que su reingreso en la Audiencia Nacional, donde tiene su plaza de magistrado, es automático.
Enrique López en una imagen de archivo.

El magistrado Enrique López, que dimitió a primeros de mes como magistrado del Tribunal Constitucional tras ser interceptado conduciendo su moto sin casco y bebido, volverá a la Audiencia Nacional tras solicitar su reingreso en la carrera judicial.

El magistrado presentó su solicitud el pasado lunes y dispone de un plazo de veinte días para reincorporarse a su destino en la sala de lo penal de la Audiencia Nacional, donde tiene su plaza de magistrado.

Fuentes del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) han señalado que su reingreso es automático, aunque su caso entrará en el orden del día de la comisión permanente del Consejo para su reunión del día 17.

El pasado día 2, el presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, aceptó la dimisión que le había presentado ese mismo día el magistrado, tras imputarle la Policía Municipal de Madrid un posible delito contra la seguridad vial. El día anterior, domingo, López fue interceptado sobre las siete y media de la mañana cuando conducía su moto sin casco por el paseo de la Castellana de Madrid tras saltarse un semáforo en rojo y cuadruplicó la tasa de alcoholemia permitida.

Enrique López accedió al Constitucional en junio de 2013 dentro del cupo de los dos magistrados elegidos por el Gobierno, por lo que la persona que le reemplace deberá ser aprobada en Consejo de Ministros. López se encontraba en el TC en situación de servicios especiales ya que su plaza está en la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, a cuya sección segunda se incorporó en 2008, tras su etapa como portavoz del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), órgano para el que fue propuesto como vocal por el PP.

Según la Ley Orgánica del Poder Judicial y la interpretación que de ella hace el CGPJ, si el Supremo le abre juicio oral a López el magistrado sería suspendido de empleo y sueldo provisionalmente. Esta suspensión sería provisional siempre que la condena no fuera a una pena de cárcel que superase los seis meses de prisión, algo muy poco probable, pues es casi seguro, dados los precedentes y que López ha reconocido los hechos, que la sentencia sea de conformidad y lleve aparejada sólo una multa.

Es decir, como López no será castigado con pena de prisión de más de seis meses dejaría de estar suspendido en cuanto el Supremo dictara sentencia. De este modo no sería expulsado de la carrera y, como la suspensión habría sido por el breve espacio de tiempo comprendido entre la apertura de juicio y el fallo, tampoco perdería su plaza como magistrado de la Audiencia Nacional.

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