Un sindicato policial se querella contra los mandos del dispositivo del 22-M
Alternativa Sindical de Policía les acusa de denegación de auxilio o de lesiones en su modalidad de comisión por omisión, ente otros.
El enfado de los agentes de la Unidad de Intervención Policial (UIP), conocidos coloquialmente como antidisturbios, con los mandos del Cuerpo Nacional de Policía que dirigieron y planificaron el pasado 22 de marzo el dispositivo policial, que acabó con más de sesenta heridos, cristalizó este martes en la primera querella interpuesta contra estos altos cargos policiales, que fue registrada en los tribunales por Alternativa Sindical de Policía (ASP).
En la misma, a la que ha tenido acceso Libertad Digital, se hace responsables de la posible comisión de varios delitos por los hechos acontecidos durante esa noche al Comisario General de Seguridad Ciudadana, Florentino Villabona; al comisario Jefe de las Unidades de Intervención Policial (UIP), José Miguel Ruiz Iguzquiza; y al Jefe de la Unidad de Intervención (UIP) de Madrid, Francisco Javier Virseda Serna; ampliable a demás personas que durante la fase de instrucción "puedan resultar responsables".
Los dos últimos mandos son los mismos cuya destitución llevan exigiendo en los últimos días los miembros de la UIP y los sindicatos por "mala organización y planificación del dispositivo", por dar "instrucciones que carecen de todo tipo de acierto operativo", por ser "responsables de la escasez de material" con la que los agentes salieron a las calles de la capital la mencionada noche y por no haber respondido a las llamadas de auxilio. El primero de los querellados, es miembro de la Junta de Gobierno de la Policía y jefe directo del máximo responsable de las UIP en España.
A estos mandos se acusa ahora en el texto presentado ante los tribunales de tres posibles delitos: lesiones en su modalidad de comisión por omisión (artículo 147 del Código Penal y siguientes), omisión del deber de impedir delitos (artículo 450 del Código Penal) y denegación de auxilio (artículo 421 del Código Penal).
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