Naturalmente, un fiscal del Supremo lo ha calificado de "absurdo" pero da una idea del funcionamiento de la justicia española. El procedimiento, que se inició en Almería con una denuncia por phishing o suplantación de identidad, ha pasado por los juzgados de Madrid, Colmenar Viejo, Tres Cantos, Atarfe, Granada, y Almería, entre otros. Ahora, la Fiscalía del Tribunal Supremo, en un auto referido por Noticias de Almería, ha calificado de "absurdo" el hecho causado inicialmente por la inhibición en la determinación de la competencia del juzgado que debía resolver la presunta estafa de 333 euros que ha terminado haciendo gastar mucho más tiempo y dinero a los contribuyentes españoles.
La denunciante, residente en Vícar, comprobó cómo le cargaban 333 euros en su tarjeta de crédito de la entidad Cajamar, equivalentes a pagos que supuestamente había realizado en la localidad madrileña de Tres Cantos, cuando ella no había perdido en ningún momento su tarjeta de crédito, ni había estado nunca en Tres Cantos.
La disparidad de opinión de los juzgados en cuanto a la competencia para resolver ha causado que el procedimiento se dilatara en el tiempo, tardando dos años y seis meses en dirimirse cuál era el Juzgado competente, hasta que se decidió que lo fuera el Juzgado de Instrucción Número 6 de Almería.
El retraso en el desarrollo procedimental de este caso de suplantación de identidad con tarjetas de crédito, o phishing, fue consecuencia de un error inicial en el planteamiento del citado juzgado almeriense, acompañado por la sucesión de actuaciones del resto de los juzgados relacionados, llegándose incluso a citar a la denunciante en el Juzgado de Paz de Atarfe (Granada), residiendo ésta en Vicar y habiendo dejado su teléfono móvil como medio de contacto para cualquier citación en el juzgado que se decidiera competente para su caso.
En un primer momento, el Juzgado de Almería remitió a Madrid el procedimiento, a pesar de haberle sido comunicado que, en todo caso, debería enviar la comunicación al Juzgado de Colmenar Viejo, correspondiente a Tres Cantos, donde se había cometido de hecho el delito patrimonial, complicándose con ello la situación al intervenir también Madrid, donde no se había cometido delito alguno.
El delito de estafa se comete en todos los lugares en los que se ha desarrollado el engaño, donde se ha dispuesto del patrimonio, o bien donde se ha producido el perjuicio patrimonial, por lo que el juez de cualquiera de las jurisdicciones en las que se haya iniciado el procedimiento judicial, será a quien corresponda la competencia para la instrucción de la causa. En este caso, al iniciarse la instrucción en Almería, el caso vuelve al Juzgado Número Seis almeriense.
El número de denuncias de incidentes relacionados con el phishing va en aumento en todo el país y requiere métodos adicionales de protección. Hasta el momento sólo se han realizado intentos con leyes que castigan esta práctica y campañas para prevenir a los usuarios sobre los cibercriminales o phishers, que se hacen pasar por una persona o empresa de confianza en una aparente comunicación oficial electrónica, o incluso utilizan simples llamadas telefónicas.