Cinco imputados por desplegar pancartas proetarras en el Chupinazo
El juez les acusa de un delito de desórdenes públicos. "Empujaron y golpearon" a los presentes en la Plaza Consistorial de la capital navarra.
El titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Pamplona ha imputado por un delito de desórdenes públicos a cinco personas que desplegaron, "empujando y golpeando a las personas presentes" en la Plaza Consistorial con motivo del lanzamiento del "chupinazo" de este año, pancartas alusivas a los presos de ETA.
Por ello, el magistrado ha dictado un auto en el que da por concluida la instrucción y emplaza al Ministerio Fiscal y las acusaciones personadas a que en 10 días presenten sus escritos de acusación y soliciten la apertura del juicio.
Según informa Europa Press Navarra, el juez indica que los cinco imputados, "puestos previamente de acuerdo entre sí y con otras personas no identificadas", acudieron a la Plaza del Ayuntamiento de Pamplona minutos antes del "chupinazo" de San Fermín "con la intención de desplegar varias pancartas alusivas a los presos e integrantes huidos de ETA".
Según añade, "accedieron al interior de la Plaza Consistorial, que se encontraba abarrotada por miles de personas que esperaban el lanzamiento del 'chupinazo', empujando a cuantos encontraban a su paso". "Cuando llegaron al interior de la Plaza, desplegaron las pancartas que portaban, llegando a hacer un círculo para facilitar dicha actuación, a cuyo efecto empujaron y golpearon a las personas que se encontraban en el lugar y que no querían ser desplazadas", indica.
El magistrado recoge en el auto que como consecuencia de dicha acción "se iniciaron violentos enfrentamientos entre, por un lado, los imputados y sus compañeros de acción y, por otro, las restantes personas que se encontraban allí". Indica que los imputados "golpearon reiteradamente" a otras personas no identificadas, "generando un gran tumulto y movimientos de las personas que se encontraban en las inmediaciones, lo que generó un grave riesgo para los allí presentes". Esta resolución puede ser recurrida, según ha informado el TSJN.
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