La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha rechazado este lunes la extradición a Marruecos de Daniel Galván, condenado en aquel país a 30 años de cárcel por nueve delitos relacionados con la pederastia.
El auto de la Sección Tercera -con ponencia de la magistrada Ángeles Barreiro- explica que, de acuerdo con lo establecido en el Convenio de Extradición firmado entre ambos países en junio de 2010, España no entrega a sus nacionales.
No obstante, pese a denegar dicha extradición, a Galván se le abre un procedimiento de Cumplimiento de Condena Extranjera (CEX), porque en su día el pederasta solicitó cumplir la pena en nuestro país. "Concurre la causa impeditiva de la extradición prevista en el artículo 3.1 del Convenio bilateral de extradición pero que conlleva el cumplimiento de la pena impuesta en España, abierto expediente de Cumplimiento de Condena Extranjera 69/2013 ya que en su día el extradentus solicitó cumplir en España, habida cuenta de que el indulto concedido fue revocado por cuanto dicha potestad es una prerrogativa exclusiva de su majestad el Rey de Marruecos", reza la resolución.
De esta forma, la Sala argumenta que el indulto alauí concedido a Daniel Galván fue revocado "no estando previsto control alguno ni en la decisión ni para la revocación en la legislación de la parte requirente" al ser en el Código Penal marroquí el indulto "un derecho del Rey".
El pederasta fue indultado por error por el rey marroquí Mohamed VI el pasado verano después de que el Rey don Juan Carlos visitase el país vecino. Tras la revocación de la medida de gracia, las autoridades emitieron una orden internacional de detención y fue arrestado el pasado 5 de agosto en Murcia.
Por esta razón, de forma simultánea a su puesta en libertad la Audiencia ordena su ingreso en prisión para el cumplimiento de la pena de treinta años en España. El pederasta, en prisión provisional desde el 6 de agosto, continuará en la cárcel para cumplir condena en nuestro país.
Galván fue condenado en mayo de 2011 en Marruecos a 30 años de prisión por abusar sexualmente de al menos ocho menores de entre 6 y 15 años a los que drogaba y sometía a sesiones fotográficas de contenido sexual para después violarlos. En ocasiones empleaba para amenazar a los menores un cuchillo de carnicero o les obligaba a consumir alcohol.