Entre 8 y 12 años de cárcel para los piratas que trataron de secuestrar el buque Patiño
Se trata de la primera condena dictada en la Audiencia Nacional por un delito de piratería.
La Audiencia Nacional ha condenado a penas de entre 8 y 12 años y medio de cárcel a los seis piratas somalíes detenidos a bordo de un esquife por atacar el buque de la Armada Patiño el 12 de enero de 2012. Los condenados se encuentran en prisión provisional desde esa fecha.
En la sentencia, la Sección Primera que preside el magistrado Fernando Grande Marlaska -ponente de la resolución- considera probado que los somalíes iban "suficientemente armados" y "con la intención de hacerse con su control y poder exigir cualquier tipo de rescate" cuando asaltaron al Patiño.
Se trata de la primera vez que la Audiencia Nacional dicta una condena por un delito de piratería ya que cuando se sentenció el secuestro del buque Alakrana en el Código Penal no estaba tipificado el delito de piratería.
La resolución señala como hechos probados que poco antes de las tres de la madrugada del citado día los piratas "realizaron un número indeterminado de disparos de fusil sobre la estructura de popa y chimenea del Patiño, habiéndose localizado seis impactos".
Tras un intercambio de disparos, que no se prolongó más de dos minutos, el esquife se dio a la fuga, ordenándose desde el Patiño el alto el fuego", tras lo cual, al perderle de vista, se ordenó "zafarrancho de vuelo" para localizar la embarcación.
El esquife que "momentos antes había tratado de abordar el buque", fue avistado a las 3.23 horas y cuando el Patiño se situó a 1.000 yardas los tripulantes arrojaron al mar "escalas, lanzagranadas, un número indeterminado de fusiles, así como algunas bolsas".
Tras hacer caso omiso a la orden de detenerse, desde el buque Patiño se realizaron "dos ráfagas al aire con ametralladora" y finalmente el esquife fue detenido a las 4.08 horas.
La Audiencia sostiene que los seis acusados-Hamoud Elfaf Mahou, Mohamed Abdullah Hassan, Mohamed Said Ahmed, Abdillah Mohamed Gouled, Issa Absullah Issa y Mohamed Aden Mohamed- constituían una organización criminal dedicada de forma estable a la comisión de delitos de piratería a la vista de las armas empleadas, datos localizados en los teléfonos y tarjetas móviles, pruebas de ADN y mensajes en los móviles. "Conclusión que excluye necesariamente que nos encontramos ante un simple grupo de personas que planificara los hechos de forma autónoma y espontánea", reza la sentencia.
Por esta razón, el tribunal entiende que todos ellos son responsables de delitos de piratería en grado de tentativa y tenencia de armas de guerra, y un sexto -Hamoud Elfaf Mahou- ha recibido una pena más alta por un delito de pertenencia a organización criminal.
De los seis piratas, sólo este último ha sido condenado por el delito de integración en organización criminal porque en su caso se ha constatado que su perfil genético coincide con uno anónimo recogido en el buque alemán Hanza Stavanger, que fue secuestrado el 4 de abril de 2009. Su número de móvil coincide además con llamadas desde ese buque y a ese mismo teléfono se le relaciona con los secuestros de los buques Marida Marguerite y MV Victoria.
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