La nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal, el nuevo frente de Gallardón
El informe que encargó el ministro ya está listo y contiene varios aspectos polémicos. Estos son los más importantes.
El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha recibido ya el informe elaborado por la comisión de expertos que nombró él mismo para reformar la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Entre las novedades, se incluyen algunas que ya levantaron polvareda cuando las propuso el PSOE en la anterior legislatura, como dejar la instrucción en manos de los fiscales. Estas son algunas de las claves:
Fiscal instructor: en la propuesta, se contempla la idea que manejó el PSOE de convertir al fiscal en el encargado de instruir los procesos. La investigación de los delitos quedará a su cargo, así como las acciones de la Policía Judicial.
El tribunal de garantías: nace con la reforma. Dicho tribunal a instancias del Ministerio Fiscal o del resto de partes, fijará la caución que habrá de prestar el actor popular para responder de las costas que le puedan ser impuestas. Además, el juez de garantías tutelará los derechos de los ciudadanos y se podrán recurrir ante él las decisiones del fiscal.
Limitación de la acción popular: los expertos proponen que la acción popular, aquella realizada por personas o entes no afectados directamente por los hechos juzgados, sea excluida para partidos políticos, sindicatos y personas jurídicas públicas o privadas, exceptuando a los colectivos de víctimas en casos de terrorismo. Estaría limitada a una lista de delitos relacionada con la Administración Pública, la discriminación o el terrorismo. Ha sido precisamente la acción popular la que ha impulsado investigaciones relacionadas con la corrupción o con casos tan sonados como el de Baltasar Garzón.
Además, hasta ahora se puede interponer en cualquier delito de naturaleza pública, lo cual incluye también a los delitos económicos que, según el informe, quedarían excluidos. Sólo podría interponerse en la persecución de delitos de prevaricación judicial, cohecho, tráfico de influencias o aquellos que hayan sido cometidos por funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones y por particulares partícipes en los mismos.
La acción popular también se podrá ejercer ante delitos contra la ordenación del territorio y el urbanismo, el medio ambiente, delitos electorales, terrorismo o provocación a la discriminación, al odio o a la violencia contra asociaciones o la difusión de información injuriosa sobre estos grupos, según el texto.
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