La inmersión lingüística: 35 años incumpliendo la Constitución y las sentencias
El Gobierno catalán anuncia que no acatará la reforma educativa. Su postura no sorprende: tampoco cumple las sentencias sobre política lingüística.
Desde hace más de 30 años la Generalidad incumple de forma flagrante la ley en materia lingüística. La llamada 'inmersión lingüística' supone una vulneración de la Constitución Española, que establece que todos los españoles son iguales ante la ley y en el artículo 3.1 señala que "el castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla".
Una ilegalidad ante la que los sucesivos gobiernos de la Nación no han hecho nada para corregirla. No obstante, los más altos tribunales del Estado - Tribunal Constitucional y Tribunal Supremo- sí vienen sentenciando en contra de la inmersión lingüística en el sistema educativo de Cataluña. Muchos son los fallos redactados por estos tribunales instando a la Generalidad a introducir el castellano también como lengua vehicular en esta comunidad autónoma. Pero ninguno de ellos ha sido cumplido o acatado por el Gobierno catalán. Estos son algunos ejemplos:
El Tribunal Constitucional sentó doctrina a este respecto con su sentencia sobre el Estatuto. "Las Administraciones públicas (...) no pueden tener preferencia por ninguna de las dos lenguas oficiales". Eso rompería "el equilibrio inexcusable entre dos lenguas igualmente oficiales y que, en ningún caso, deben tener un trato privilegiado". "Sólo los particulares (...) pueden preferir una u otra de ambas lenguas. Y hacerlo, además, en perfecta igualdad de condiciones (...), lo que excluye que (...) quienes prefieran el castellano hayan de pedirlo expresamente".
En el caso del Tribunal Supremo, lo ha venido haciendo a petición de distintas familias, que no tienen otro recurso que acudir a la Justicia para garantizar la educación en español para sus hijos. Hasta seis sentencias ha dictado el TS al respecto sin que el Gobierno regional se haya movido. Algunas de las más destacadas son:
- La escolarización en castellano en Educación Infantil: el tribunal dio la razón este verano a unos padres que demandaban escolarizar en español a su hija en el segundo ciclo de Educación Infantil. El tribunal daba un paso más allá al recordar que se trataba de un "derecho constitucional" y que debía ser atendido, se acudiera o no a la Justicia para demandarlo.
- El catalán no puede ser "en exclusiva" lengua vehicular": en 2010, el tribunal difundió tres sentencias que suponían, en teoría, el desmantelamiento de la inmersión en Cataluña. Atendiendo a varios casos particulares, y basándose en la doctrina del TC tras la sentencia sobre el Estatuto, los jueces ordenaban que el castellano fuera también lengua vehicular en las aulas.
- Circulares, también en castellano: en mayo de 2011, otras dos sentencias recordaban de nuevo a la Generalidad su obligación de atender a los padres en castellano, además de en catalán. Como en las otras ocasiones, no hubo respuesta.
El tribunal encargado de hacer cumplir las sentencias, mediante auto de ejecución, es el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). Tras dos de estas sentencias, el tribunal dio un ultimátum al Gobierno de Mas de dos meses para que cumpliera lo dictado por el Supremo. La Generalidad recurrió y el TSJC se contradijo a sí mismo y cambió radicalmente de doctrina, dando la razón en parte al Ejecutivo de CiU y devolviendo la pelota al Supremo.
Por tanto, ahora mismo la educación en español en Cataluña está supeditada a lo que diga un juez a la espera de que el Supremo responda a esta cuestión.
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