La familia de Publio Cordón deberá pagar las costas del incidente de nulidad interpuesto contra el auto donde se decretaba el secreto del sumario de las pesquisas sobre el secuestro y desaparición del empresario aragonés.
Así lo ha acordado este miércoles en un auto el juez de la Audiencia Nacional, Javier Gómez Bermúdez, quien ha condenado a la familia Cordón, que ejerce de acusación particular en esta causa, a abonar "las costas del incidente".
La familia del empresario solicitó al instructor la nulidad de las actuaciones al no habérseles notificado el auto dictado el pasado 21 de junio donde se declaraba el secreto del sumario y la reapertura de la causa.
En la resolución hecha pública este miércoles, Gómez Bermúdez desestima esta petición y recuerda que la finalidad del secreto es "impedir que se frustre la investigación" y que la falta de notificación sólo conllevaría la nulidad de lo actuado si se hubiera producido "indefensión material".
El juez mantiene que procede la condena en costas a la familia de Publio Cordón "por imperativo legal", en referencia al artículo 241.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).
"No se alcanza a entender qué interés podía tener la acusación particular en impugnar la declaración de secreto, con riesgo para el buen fin de la investigación", subraya el magistrado quien defiende que gracias a que la investigación se mantuvo secreta "se ha producido un avance en las pesquisas".
El juez desvela al confidente
Por otro lado, en el mismo auto el juez rechaza el recurso que tanto la familia de Cordón como la Fiscalía presentaron contra su decisión de decretar la prisión provisional eludible mediante fianzas de 10.000 euros para los miembros de los grapos Vicente Sarasa Cecilio y Manuela Ontanilla Galán, detenidos el pasado mes de julio pasado por su supuesta participación en estos hechos.
En este sentido, el juez Gómez Bermúdez señala que "no existe un solo indicio en el procedimiento" sobre la intervención de los dos miembros de los GRAPO "en el diseño, planificación y/o ejecución del secuestro y posterior desaparición" de Publio Cordón.
"Ni Ontanilla Galán ni Sarasa Cecilio intervienen en el secuestro y retención del señor Cordón atribuyéndoles únicamente el papel de haber efectuado labores de vigilancia durante el pago del rescate y haber intervenido en la elección del itinerario para el pago del mismo", reza el auto.
Según desvela el juez instructor, "ambas imputaciones se sustentan en una única fuente de prueba, las declaraciones del testigo protegido ‘Alfa’, es decir, Fernando Silva Sande sin que se aporte ningún dato o hecho que corrobore objetiva y subjetivamente lo dicho por él".
Curiosamente, al ministro de Interior Jorge Fernández Díaz se le reprochó -cuando dio el pasado mes de julio la rueda de prensa informando sobre la detención de los presuntos secuestradores de Cordón- que revelase la existencia de un testigo protegido que sirvió de confidente para reactivar esta investigación. Ahora, la identidad del testigo protegido la descubre el propio juez instructor; eso sí, mientras mantiene una causa abierta contra el dirigente político por revelación de secretos.