El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha apoyado la decisión de la Fiscalía de la Audiencia Nacional de recurrir la libertad condicional del preso de ETA Iosu Uribetxebarria Bolinaga y ha dicho que la Fiscalía se basa en su recurso en que no fue llamada a visitar directamente al preso.
Tras mantener una reunión con el consejero de Justicia e Interior andaluz, Emilio de Llera, Gallardón se ha referido a la decisión del Ministerio Fiscal de recurrir la decisión del juez de Vigilancia Penitenciaria, José Luis Castro, de dejar en libertad al preso de ETA enfermo de cáncer Iosu Uribetxebarria Bolinaga.
El ministro ha explicado que la Fiscalía ha recurrido el auto "como consecuencia de no haber participado en una diligencia que el Ministerio Fiscal consideraba fundamental como es la visita directamente a la persona a la que tenía que aplicar el régimen penitenciario".
Ruiz-Gallardón ha explicado que la Fiscalía insiste mucho en su escrito en la nulidad de actuaciones como consecuencia de su exclusión en una diligencia que es "absolutamente fundamental para después adoptar las decisiones que se tomaron" y ello, ha dicho, es algo que apoya el Ministerio de Justicia, al entender que el Ministerio Fiscal "debe estar siempre presente en todas y cada una de las actuaciones que en estos procedimientos se realizan".
Asimismo, ha señalado que la Fiscalía establece "la legalidad de las medidas adoptadas por el Ministerio del Interior", ya que en dicho escrito se "diferencian perfectamente cuales son los requisitos que hacen falta para adquirir el tercer grado y cuales son los requisitos distintos que son necesarios para la excarcelación".
Gallardón ha subrayado que la Fiscalía establece que en el caso de la actuación del Ministerio del Interior, el otorgamiento del tercer grado a Bolinaga, sí se daban los requisitos que, sin embargo, no se daban en la decisión de otorgarle la libertad por parte del juez de Vigilancia Penitenciaria, José Luis Castro.
A la pregunta sobre si ha podido haber un "defecto de forma" en el procedimiento, Gallardón ha dicho que no se puede denominar así "la no participación del Ministerio Fiscal en una diligencia de esta importancia", y ha destacado que "la petición de nulidad de actuaciones está fundamentada en esa ausencia de la Fiscalía en el reconocimiento a la persona sobre la cual se tenía que pronunciar".
A juicio de Gallardón, el recurso lo que hace es "diferenciar claramente cuales son los requisitos para el tercer grado y cuales para la excarcelación y el Ministerio Fiscal entiende que se dieron esos requisitos en la actuación del Ministerio del Interior", por lo que hay una "constatación de la adecuación a la ley de la resolución que se adoptó por la Dirección General de Instituciones Penitenciarias".