La Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha absuelto a cinco acusados de formar una célula islamista radical que financiaba al Grupo Salafista para la Predicación y el Combate (GSPC) y ha condenado a cuatro de ellos a un año y tres meses de cárcel por su "trapicheo" con objetos robados procedentes de asaltos en urbanizaciones de la Costa del Sol, entre ellas, la finca 'Ambiciones' del torero Jesulín de Ubrique.
La Sala ha condenado al sexto procesado, Fetthi Abdallah, por colaboración con organización terrorista -delito solicitado subsidiariamente para todos por la Fiscalía- a cinco años de prisión. El tribunal considera suficientemente probada la vinculación de este acusado con Abdelhajim Fekkar, alias 'Hakim', miembro de la organización terrorista argelina, así como su conocimiento de que la ayuda que le solicitaba tenía como fin el GSPC.
La fiscal Teresa Sandoval solicitaba penas de entre ocho y 12 años y medio de cárcel para los seis acusados, a los que atribuía los delitos de integración en organización terrorista, receptación con fines terroristas y falsedad en documento oficial. Les atribuía haber enviado dinero procedente de robos a la sección del GSPC que lideraba 'Abou Yahie el Haitam', "la más destacada en sus acciones sanguinarias" de todas las que integran el grupo salafista.
En opinión de la representante del Ministerio Público, para tal fin perpetraron una serie de robos en viviendas en la Costa del Sol. En el juicio declararon varias personas que reconocieron sus pertenencias entre los objetos incautados a los detenidos, entre ellas la madre del torero de Ubrique, Carmen Bazán.
Sin embargo, la Sala no cree que los acusados conformaran una "auténtica delincuencia organizada", sino que considera que sus actividades se enmarcan más bien en una "situación de codelincuencia", es decir, que podían asociarse "transitoriamente", pero sin un "mínimo de estabilidad, organización o planificación".
Además, la sentencia, de la que ha sido ponente José Ricardo de Prada, no admite "como única situación posible" que el grupo se dedicara a la comisión de actividades relacionadas con la financiación del terrorismo. En su opinión, la ocultación y clandestinidad de sus actuaciones, detectada por la Policía, es normal en "delincuentes habituales multirreincidentes" y no debe atribuirse a delitos terroristas.
Para la Sala, los movimientos de dinero a Argelia se enmarcan en su intento de "colocar" los "sustanciosos beneficios" de sus actividades delictivas en sus países de origen y ayudar a sus familias, "de la misma manera que lo hacen con absoluta habitualidad la mayoría de los inmigrantes con sus ingresos regulares o irregulares, legales o ilegales".
El tribunal reprocha a la investigación policial que no acredite de manera "precisa" el destino de las remesas de dinero enviadas a Argelia, y que se atribuyeron a fines terroristas, tal y como sostiene la acusación.
Dicho esto, recuerda que es "bien conocida" la existencia de canales informales de transferencia de dinero "comunes entre ciertas culturas, siguiendo prácticas que se remontan al medioevo", y que son utilizados con frecuencia entre determinadas comunidades para evitar los inconvenientes de los canales formales de transferencia de fondos.
En la sentencia, los magistrados responden también a la Fiscalía que la relación establecida por los acusados con su presunto punto de conexión en Argelia, Redouane Kerkeb, es "igualmente explicable al margen de cualquier relación con el terrorismo y perfectamente puede responder a que se conocen desde siempre", por razones tales como ser vecinos.
Igualmente cuestionan la coincidencia de varios acusados en la prisión de Topas con Abdelhakim Fekkar 'Hakim', el supuesto creador del "grupo germen de la actual célula de financiación terrorista", a partir de un "profundo adoctrinamiento religioso" en prisión. "Ni siquiera ha quedado definitivamente probada esta coincidencia temporal en Topas en la totalidad de los acusados", replica la Sala.
Esta coincidencia sólo se ha puesto de manifiesto en el caso de Abdallah, que dio lugar a una "estrecha relación" entre este procesado y 'Hakim', hasta el punto de que éste "sigue ejerciendo una importante influencia" en el otro, "al dirigirle espiritualmente en la profundización al conocimiento del Islam y en vincularle para que le ayude desde la distancia en las actividades del grupo en el que milita".
Durante la vista oral los seis acusados negaron su implicación con el terrorismo y rechazaron ser fanáticos de la religión, aunque alguno de ellos admitió haberse dedicado en algún momento de su vida a actividades delictivas como robos.