L D (Agencias) En el escrito remitido a Endesa, la CNMV pedía a la compañía que preside Manuel Pizarro que, de acuerdo a la legislación vigente, su Consejo de Administración debía de abstenerse de cualquier operación que tuviese por objeto "perturbar el desarrollo de la oferta".
Así lo indica un auto de la Sección Sexta de la Sala Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, que se conoció este jueves, que advierte de que no "prejuzga" el fondo de asunto sobre el que habrá de decidir, aunque sí suspende de forma cautelar esta medida, tal y como solicitó Endesa. La sala indica que la "hipotética prolongación en el tiempo de unas restricciones a la libertad de actuación" de Endesa podría suponer "pérdidas de oportunidades de negocio (para la eléctrica) que, aun no siendo concretas", van vinculadas "al desarrollo de la actividad económica en el sector energético".
Así lo indica un auto de la Sección Sexta de la Sala Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, que se conoció este jueves, que advierte de que no "prejuzga" el fondo de asunto sobre el que habrá de decidir, aunque sí suspende de forma cautelar esta medida, tal y como solicitó Endesa. La sala indica que la "hipotética prolongación en el tiempo de unas restricciones a la libertad de actuación" de Endesa podría suponer "pérdidas de oportunidades de negocio (para la eléctrica) que, aun no siendo concretas", van vinculadas "al desarrollo de la actividad económica en el sector energético".
Por ello, la Audiencia Nacional adopta la medida cautelar que había solicitado Endesa al entender que la "mera lógica aconseja" dictar la suspensión. Es más, la resolución advierte de que el acuerdo impugnado que dictó el Comité Ejecutivo de la CNMV podría haberse "extralimitado" a la hora de exigir el deber de pasividad que está regulado por el Régimen de Ofertas Públicas de Valores
La sala considera, además, que la no suspensión del citado acuerdo de la CNMV ocasionaría "perjuicios irreparables durante el mantenimiento del deber de pasividad".
El pasado mes de septiembre, la CNMV remitió una carta a Endesa en la que recordaba a su consejo de administración que debía abstenerse de efectuar, por sí o a través de terceros, cualquier operación que tuviera por objeto "perturbar" el desarrollo de la OPA lanzada por Gas Natural. La misiva subrayaba que el "deber de pasividad" de Endesa no impedía que el máximo órgano de la eléctrica pudiera emitir su informe sobre la OPA y, en su caso, pronunciarse en contra, llegado el momento