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¿Se enfrentará Chaves a Zapatero, si triunfa el "balanzazo" fiscal catalanista?

Manuel Chaves ha afirmado que el criterio que mantendrá Andalucía en la negociación es que el acuerdo de financiación de las Comunidades Autónomas debe adoptarse en un "foro multilateral" en el Consejo de Política Fiscal y Financiera y el nuevo modelo "no se puede basar en las balanzas fiscales". No dice expresamente que defenderá el criterio de población, que es el que aparece en el Estatuto de Andalucía, lo que ya es preocupante.  El problema es que el señor Chaves está obligado por el Estatuto a defender el criterio de población. Si al final triunfa otro criterio, ¿dimitirá?

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Manuel Chaves ha afirmado que el criterio que mantendrá Andalucía en la negociación es que el acuerdo de financiación de las Comunidades Autónomas debe adoptarse en un "foro multilateral" en el Consejo de Política Fiscal y Financiera y el nuevo modelo "no se puede basar en las balanzas fiscales". No dice expresamente que defenderá el criterio de población, que es el que aparece en el Estatuto de Andalucía, lo que ya es preocupante.  El problema es que el señor Chaves está obligado por el Estatuto a defender el criterio de población. Si al final triunfa otro criterio, ¿dimitirá?
LD (Pedro de Tena) Tómese nota de lo que dice el nuevo Estatuto de Andalucía, a continuación:

CAPÍTULO III

Hacienda de la Comunidad Autónoma

Artículo 175. Principios generales.

1. Las relaciones de orden tributario y financiero entre el Estado y la Comunidad Autónoma de Andalucía se regulan por la Constitución, el presente Estatuto y la Ley Orgánica prevista en el apartado tercero del artículo 157 de la Constitución.

2. La Comunidad Autónoma de Andalucía dispondrá de los recursos necesarios para atender de forma estable y permanente el desarrollo y ejecución de sus competencias para que quede garantizado el principio de igualdad en el acceso y prestación de servicios y bienes públicos en todo el territorio español. Todo ello de acuerdo con los principios de:

a) Autonomía financiera.

b) Suficiencia financiera, en virtud de los artículos 157 y 158 de la Constitución Española, que atenderá fundamentalmente a la población real efectiva determinada de acuerdo con la normativa estatal y, en su caso, protegida, así como a su evolución. Junto a la población, para hacer efectivo este principio, se tendrán en cuenta otras circunstancias que pudieran influir en el coste de los servicios que se presten.

c
) Garantía de financiación de los servicios de educación, sanidad y otros servicios sociales esenciales del estado de bienestar para alcanzar niveles similares en el conjunto del Estado, siempre que se lleve a cabo, un esfuerzo fiscal similar expresado en términos de la normativa y de acuerdo con el artículo 31 de la Constitución.

d) Responsabilidad fiscal, de acuerdo con los principios constitucionales de generalidad, equidad, progresividad, capacidad económica, así como coordinación y transparencia en las relaciones fiscales y financieras entre las Administraciones Públicas.
...
f) Solidaridad, de forma que se garantice el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español, prevista en el artículo 138 de la Constitución. El Fondo de Compensación Interterritorial fijará las correspondientes asignaciones para colaborar a este
propósito.

g) Nivelación de los servicios a que se refiere el artículo 158.1 de la Constitución, en los términos previstos en la letra c) de este apartado.

j) Participación mediante relaciones multilaterales en los organismos que proceda, relacionados con la financiación autonómica.

 
Pero les hemos señalado en rojo la puerta de escape que tiene el señor Chaves, entre otras barreras, para eludir en su caso el principio del criterio de población.
 
Ya es sospechoso que, a las primera de cambio, no se hable nada del criterio de población.
 
¿Qué significa además un foro multilateral? ¿El Consejo de Política Fiscal y Financiera con su normativa actual y todas las Comunidades Autónomas en su seno adoptado decisiones por mayoría bajo la autoridad del Estado o un foro de dos o tres comunidades autónomas donde el estado no tiene autoridad de imponer, como afirma el Estatuto de Cataluña?

Además, está, claro está, la disposición adicional tercera, donde se habla expresamente del criterio de población, pero se limita a sólo siete años de vigencia:

Disposición adicional tercera. Inversiones en Andalucía.

1. El gasto de inversión del Estado con destino a Andalucía deberá garantizar de forma efectiva el equilibrio territorial, en los términos del artículo 138.1 y 2 de la Constitución.

2. La inversión destinada a Andalucía será equivalente al peso de la población andaluza sobre el conjunto del Estado para un período de siete años.

3. Con esta finalidad se constituirá una Comisión integrada por la Administración estatal y autonómica.

Inmediatamente, el también presidente federal del PSOE añadió que esta opinión no es sólo la que mantiene el Gobierno andaluz y los socialistas andaluces, sino que "es compartida por el Gobierno de la nación" que presidirá de nuevo José Luis Rodríguez Zapatero.

Como debe saberse, el "balanzazo" es la doctrina nacionalista catalana - la vasca y navarra es aún peor puesto que apenas aportan impuestos a la bolsa común y solidaria española -, según la cual hay que tener en cuenta lo que las regiones pagan al fondo común y ajustar sus aportaciones a la riqueza que generan, no a las necesidades de convergencia solidaria que tienen.

Es decir, que si Cataluña aporta el 18 y pico por ciento del PIB nacional, debe recibir en inversiones un 18 y pico por ciento del Estado y, consecuentemente, que si Andalucía aporta al PIB nacional el  14 por ciento ese es el porcentaje de inversiones  que debe recibir del Estado. Naturalmente, con esta tesis, jamás Andalucía convergerá con Cataluña ni con las primeras regiones de España y de Europa. 

O sea, si quien paga más impuestos y aporta más riqueza debe recibir más, entonces llega el fin de la solidaridad del sistema vigente fundamentado en la "progresividad" fiscal sobre la renta de personas y regiones. Es decir, los más ricos aportan más que los más pobres para equilibrar España y aportarle cohesión nacional. Con el "balanzazo", se acaba la España común y comienza la España asimétrica. O sea, se acaba España.

La cosa viene de lejos, del debate estatutario. En el Estatuto de Cataluña, en su disposición adicional tercera recoge que la inversión del estado en Cataluña debe ser el mismo porcentaje que ocupa el PIB de la región con respecto al PIB nacional (que se sitúa en torno al 18,8% en el caso catalán y en torno al  14 por ciento en el caso andaluz)..

Y por otro lado, el Estatuto Andaluz , como ya se ha especificado,  establece que la inversión del Estado en Andalucía será equivalente al peso de la población de la región en la población nacional.

El asunto es grave porque entre los Estatutos de Cataluña y Andalucía hay un encontronazo directo. 

Zapatero deberá elegir entre uno y otro modelo o encontrar algún híbrido que contente a la fiera catalana y que sea parecido a un sapo que pueda tragarse el señor Chaves y al que su aparato mediático pueda presentar como caviar de las marismas del sur.

Y el señor Chaves deberá optar entre defender a Andalucía,  lo que dice el Estatuto que ha firmado  y consecuentemente, al resto de España en un nuevo liderazgo nacional, o inclinarse y engañar a Andalucía de nuevo, dando preferencia a  los intereses de su partido y de su mandamás Zapatero.

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