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Revocada la sentencia que obligó al Corte Inglés a pagar a Cesar Areces 98,5 millones

La Audiencia Provincial de Madrid ha estimado el recurso de apelación presentado por El Corte Inglés y ha ordenado revocar la sentencia que le obligó a pagar a César Areces Fuentes 98,5 millones de euros por su participación del 0,68 por ciento en la compañía, frente a los 35 millones de euros ofrecidos por la empresa, según la sentencia.

La Audiencia Provincial de Madrid ha estimado el recurso de apelación presentado por El Corte Inglés y ha ordenado revocar la sentencia que le obligó a pagar a César Areces Fuentes 98,5 millones de euros por su participación del 0,68 por ciento en la compañía, frente a los 35 millones de euros ofrecidos por la empresa, según la sentencia.
LD (Europa Press) Así, la Justicia da la razón a El Corte Inglés y estima que el valor de las 390.905 acciones, que posee el sobrino de Isidoro Álvarez por vía hereditaria, validado en el fallo del Juzgado de lo Mercantil, no se corresponde con su valor razonable.
 
La deliberación tuvo lugar el pasado 17 de julio y corrió a cargo de tres de los cuatro magistrados que forman parte de la Sección 28 de la Audiencia Provincial de Madrid bajo la ponencia del magistrado Rafael Sarazá Jiménez.
 
La sentencia, dictada en abril de 2007 por la titular del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid, Miriam Iglesias, estimó la valoración presentada por Areces basada en el método de flujos de caja descontados frente al método del activo neto real presentado por el gigante distribuidor.
 
En 2005, César Areces Fuentes (hijo de Celestino Areces, hermano de Ramón Areces, fundador de El Corte Inglés) propuso la venta de sus acciones, el 0,69 por ciento del capital. La compañía, señaló entonces en un comunicado que a los administradores del grupo "les pareció una oferta especulativa el precio pedido".
 
Tras un cambio estatutario, que permitió a la empresa aportar la valoración de un experto independiente, Areces expuso para corroborar sus tesis otro informe de dos profesores del IESE que, a juicio de El Corte Inglés, tenía un "carácter claramente especulativo" y estaba "totalmente alejada" de lo que el consejo "considera un valor razonable que es el exigible legalmente".

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