(Libertad Digital) Con una simple explicación sobre las normas internacionales que rigen el sistema financiero, Rodrigo Rato ha desmontado las insinuaciones vertidas este miércoles por la Cadena SER , que, citando un documento del Caso Gescartera sobre el que la juez Palacios ha levantado el secreto sumarial, afirmaba que uno de los bancos implicados en este caso, el HSBC, tenía entre sus “clientes especiales” a la empresa MUINMO, de la que es accionista Rodrigo Rato.
El ministro ha reconocido que esta empresa de carácter familiar, de la que es accionista aunque no tiene ninguna responsabilidad en la toma de decisiones o en la gestión, posee una cuenta en el banco HSBC. Sin embargo, Rato ha advertido de que la figura del “cliente especial” aparece en las normas bancarias internacionales y no determina un trato de favor, como quiso hacer ver la Cadena SER , sino una especial atención y seguimiento, ya que los titulares de las mismas son personas de especial relevancia pública, como gobernantes, ministros, políticos, etc.
El secretario de Estado de Economía, Luis de Guindos, explicó, horas después de hacerse pública esta controvertida información, que la condición de “cliente especial” de una entidad financiera viene establecida claramente en una directriz del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea y la OCDE. Añadió que en esa directriz se dice a todas las entidades financieras que deben establecer criterios de supervisión específica sobre las personas que institucionalmente sean relevantes, así como sobre sus familiares. Posteriormente, las entidades financieras concretan esta directriz general con una serie de normas internas, que es lo que en este caso ha hecho el HSBC.
Los “clientes especiales” son clientes cuya presencia no implica el más mínimo trato de favor, recalcó De Guindos, sino que, como consecuencia de esta directriz, tienen que estar sujetos a una supervisión especial. Todas las personas relevantes desde el punto de vista institucional de un país, es decir, los altos cargos de la Administración, líderes políticos, miembros del estamento militar, judicial o ejecutivos de empresas públicas, están sujetos a esa vigilancia especial para evitar, de modo preventivo, cualquier caso extraño de movimientos de capital.
El ministro ha reconocido que esta empresa de carácter familiar, de la que es accionista aunque no tiene ninguna responsabilidad en la toma de decisiones o en la gestión, posee una cuenta en el banco HSBC. Sin embargo, Rato ha advertido de que la figura del “cliente especial” aparece en las normas bancarias internacionales y no determina un trato de favor, como quiso hacer ver la Cadena SER , sino una especial atención y seguimiento, ya que los titulares de las mismas son personas de especial relevancia pública, como gobernantes, ministros, políticos, etc.
El secretario de Estado de Economía, Luis de Guindos, explicó, horas después de hacerse pública esta controvertida información, que la condición de “cliente especial” de una entidad financiera viene establecida claramente en una directriz del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea y la OCDE. Añadió que en esa directriz se dice a todas las entidades financieras que deben establecer criterios de supervisión específica sobre las personas que institucionalmente sean relevantes, así como sobre sus familiares. Posteriormente, las entidades financieras concretan esta directriz general con una serie de normas internas, que es lo que en este caso ha hecho el HSBC.
Los “clientes especiales” son clientes cuya presencia no implica el más mínimo trato de favor, recalcó De Guindos, sino que, como consecuencia de esta directriz, tienen que estar sujetos a una supervisión especial. Todas las personas relevantes desde el punto de vista institucional de un país, es decir, los altos cargos de la Administración, líderes políticos, miembros del estamento militar, judicial o ejecutivos de empresas públicas, están sujetos a esa vigilancia especial para evitar, de modo preventivo, cualquier caso extraño de movimientos de capital.