
L D (Agencias) La Rioja planteó un recurso ante el TSJPV hace un mes solicitando la derogación de las citadas disposiciones. Sin embargo, el Tribunal se ha negado a atender su petición (el pronunciamiento se hizo público este viernes), razón por la cual la administración regional recurrirá en súplica.
Según explicó ayer el Ejecutivo a través de un comunicado, las normas impugnadas pretenden que el Impuesto de Sociedades correspondiente al ejercicio 2004 (la liquidación se hace efectiva este año) se tribute conforme a la normativa derogada por el Tribunal Supremo, lo que en su opinión supone «una clara intención de burlar el cumplimiento del fallo». Por ello se presentó este recurso y. de igual manera, posteriormente, se actuó contra otras dos disposiciones de la Diputación de Guipúzcoa y de la de Álava, ya que ambas volvían a fijar en el 32,5% el tipo de dicho Impuesto, aspecto anulado por el Supremo.
El Ejecutivo regional insistió en que las normas vascas constituyen "un flagrante incumplimiento del fallo judicial, puesto que no es posible reproducir en una nueva norma disposiciones cuya ilegalidad ha sido expresamente declarada por el Tribunal Supremo" . En todo caso, el Gobierno regional subraya que el pronunciamiento del TSJPV afecta exclusivamente a la suspensión cautelar que desde el Gobierno de La Rioja se pidió al impugnar las citadas disposiciones y no al fondo del asunto.
Según explicó ayer el Ejecutivo a través de un comunicado, las normas impugnadas pretenden que el Impuesto de Sociedades correspondiente al ejercicio 2004 (la liquidación se hace efectiva este año) se tribute conforme a la normativa derogada por el Tribunal Supremo, lo que en su opinión supone «una clara intención de burlar el cumplimiento del fallo». Por ello se presentó este recurso y. de igual manera, posteriormente, se actuó contra otras dos disposiciones de la Diputación de Guipúzcoa y de la de Álava, ya que ambas volvían a fijar en el 32,5% el tipo de dicho Impuesto, aspecto anulado por el Supremo.
El Ejecutivo regional insistió en que las normas vascas constituyen "un flagrante incumplimiento del fallo judicial, puesto que no es posible reproducir en una nueva norma disposiciones cuya ilegalidad ha sido expresamente declarada por el Tribunal Supremo" . En todo caso, el Gobierno regional subraya que el pronunciamiento del TSJPV afecta exclusivamente a la suspensión cautelar que desde el Gobierno de La Rioja se pidió al impugnar las citadas disposiciones y no al fondo del asunto.