También excluye a todos los que no sean UGT y CCOO de la negociación de esta maniobra. Además, se consagra la integración de todo el personal que pende de empresas públicas, fundaciones y agencias en igualdad de condiciones que funcionarios y laborales de la Junta y y se abre la puerta para la integración del personal externo contratado por empresas privadas que ocupa puestos que deberían ser ocupados por el personal reglado de la Administración. De consumarse, significa un enjuague del PSOE con sus apoyos sindicales en toda regla. Vea el borrador aquí (Para verlo tiene que estar registrado)
El borrador de acuerdo, que dice salvar las reticencias de Comisiones Obreras de forma expresa, no contiene en realidad, y como es lógico, ninguna modificación respecto a lo dispuesto en el Decreto-Ley que ha llevado a la calle a funcionarios y laborales de la Junta, dado que una norma con rango de Ley solo puede ser modificada por otra del mismo rango, pero en su interior consuma lo que los expertos consultados por Libertad Digital definen como un "enjuague" entre la Junta de Andalucía y los sindicatos UGT y CCOO. Por una parte, la Junta logra respaldo sindical a una norma rechazada por la mayoría del personal de la Administración legal, trata de apagar la protesta extendida por Andalucía con la complicidad de UGT y CCOO y logra el apoyo que necesita para suplantar la regulación de la función pública por Ley para hacerlo por otras vías.
Los sindicatos consiguen marginar a todo el movimiento autoorganizado de protesta que ha protagonizado abucheos, pitadas y movilizaciones y deja fuera a todo el mundo sindical de la negociación de sus detalles. Y además consiguen mantener a sus simpatizantes colocados en la Junta, como nos recuerda el caso de Egmasa, con una tasa de afiliación a UGT del 80 por ciento según El País.
El contenido mismo del acuerdo
En el borrador de acuerdo, que obra en poder de Libertad Digital, se persiguen dos objetivos claros. En primer lugar la Junta de Andalucía y los sindicatos UGT y CCOO deslegitiman la Función Pública en Andalucía y dan capacidad al gobierno regional de dictar actos jurídicos que por la Constitución corresponden a la Ley. Con este acuerdo se vienen a buscar mecanismos para que la regulación de la Función Pública no se haga por Ley y sí por Decreto.
En segundo lugar el acuerdo se realiza por la vía de la Concertación Social, usurpando la legitimidad a los órganos colegiados del personal funcionario y laboral donde hay otras centrales sindicales presentes. Por este acuerdo, ambas centrales sindicales se convierten en interlocutores exclusivos en materia de negociación del desarrollo del Decreto-Ley 5/2010.
El acuerdo contempla la integración de todo el personal de la Administración paralela en el VII acuerdo Colectivo para el personal laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, así como el pase de un amplio número de funcionarios a la condición de personal laboral. El acuerdo extiende, además, la posibilidad de que el personal externo contratado por empresas privadas o contratos específicos que prestan sus servicios en las Agencias o en las Consejerías pase a formar parte de la propia Junta de Andalucía. Con lo que no solo se integrarían los 25.000 empleados de la "administración paralela".
El acuerdo contiene 16 puntos con un preámbulo en el que la FSC-Andalucía de CCOO hace una serie de consideraciones sobre determinados aspectos del Estatuto Básico del Empleado Público y CCOO entiende – punto cuarto del Preámbulo- que con las cláusulas del presente acuerdo se corrigen las infracciones cometidas en la elaboración de parte del articulado de dicha Ley. Destacamos entre los puntos del acuerdo los siguientes:
El primer punto -ámbito de aplicación-, afecta al personal al servicio de la Junta de Andalucía, de su Administración General y de sus Agencias (Administrativas, Empresariales es decir: sus dos modelos y especialidades) sin perjuicio del régimen jurídico que les corresponda aplicarles.
El punto segundo indica que los estatutos, el plan inicial de actuación y el protocolo único de integración del personal de las Agencias serán objeto de negociación con las organizaciones sindicales más representativas firmantes de este acuerdo, dando traslado posterior a la Mesa General de la Junta de Andalucía para cumplir con lo recogido en el art. 37.2 del EBEP (Estatuto Básico del Empleado Público). Con esto UGT y CCOO se convierten en interlocutores exclusivos de todo el proceso de negociación y de integración, dando traslado de dichos acuerdos a la Mesa General donde ya están presentes el resto de sindicatos de la Función Pública andaluza.
El punto tercero recoge que cualquier medida de reordenación que plantee el Gobierno de la Junta de Andalucía, así como las modificaciones de la Administración instrumental, serán objetos de consulta y negociación por las partes firmantes del acuerdo.
El punto cuarto recoge que la Administración General de la Junta de Andalucía y sus Agencias se dotarán de las correspondientes Relaciones de Puestos de Trabajo en los mismos términos que actualmente se rige la Administración General de la Junta de Andalucía. Asimismo se indica que la Junta de Andalucía no ha tenido desarrollo ni reserva de la Ley del EBEP en Andalucía, lo que implica que la legislación en materia de Función Pública se realizará a través de Decretos y no de leyes, que es lo que marca la propia Constitución.
El punto sexto recoge uno de los principales puntos de acuerdo. Indica que el VII Convenio de la Junta de Andalucía recogerá, dentro de su ámbito de aplicación, al personal laboral perteneciente tanto a la Administración General como a sus Organismos Autónomos y Agencias Públicas. Es decir, que acogerá al personal de toda la "administración paralela" e integra a esta junto al personal laboral de la Administración General de la Junta de Andalucía con los mismos derechos sin haber pasado por ninguno de los procesos recogidos de acceso a la Función Pública de la Ley 6/1985 de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía.
Los puntos décimo, undécimo, duodécimo recogen las diferentes situaciones del personal funcionario al pasar a las Agencias.
El punto decimosexto recoge la posibilidad de que el personal de empresas privadas que presta servicio en las consejerías, empresas o fundaciones se integren en las futuras Agencias. Indica que las agencias mencionadas en el Decreto-Ley 6/2010 o aquellas que en un futuro se pudieran crear o modificar, incluirán entre sus dotaciones de personal a los trabajadores contratados por las empresas, fundaciones o entidades que, en la práctica, realicen las competencias, servicios, gestiones y tareas que vayan a ser asumidos y realizados por dichas agencias con independencia de la naturaleza o titularidad de la empresa, fundación o entidad por la que estén contratados en el momento de constitución o modificación de la Agencia.
Continúa el punto indicando que, en consecuencia, se trata de promover la estabilidad en el empleo de las personas que, en la realidad y praxis diaria, realizan las funciones y cometidos que pasarán a ser desarrollados por las agencias en aplicación de los principios recogidos en el VII acuerdo de Concertación Social para Andalucía, como de velar por la calidad de los Servicios que serán consecuentemente prestados por las Agencias con la correcta dotación de personal tanto desde un punto de vista cuantitativo -mismo número de personas que en la situación anterior a la creación o modificación de la agencia- como cualitativo -las personas con experiencia en la gestión de los servicios-.
Finalmente se indica que serán subrogados por las Agencias los trabajadores:
- Que presten sus servicios para cualquiera de las Consejerías afectadas con independencia de la naturaleza o titularidad de las entidades por las que estaban contratados.
- Cuando dichas entidades mantengan con la Administración la misma relación productiva y contractual de contratas que las empresas y fundaciones expresamente mencionadas en dicho Decreto-Ley.
- Cuando los servicios que venían siendo realizados a través de dichas empresas sean desarrollados de futuro por las propias Agencias, eliminando la relación de externalización.
Un enjuague o algo peor
En definitiva, se trata de deslegalizar la regulación de la Función Pública, usurpando el Gobierno las competencias que la Constitución atribuye a la Ley. Pero, por otro lado, el precio pagado por el Gobierno de Griñan a los sindicatos a cambio de su apoyo y legitimación se concreta en dos aspectos:
1º.- La Junta de Andalucía los reconoce como interlocutores privilegiados y exclusivos en todo el tema de la "reordenación", trasladando a éstos unas facultades que el Estatuto Básico del Empleado Público reconoce a otros órganos de representación. Así, la Mesa General de Negociación de la Función Pública –máximo órgano de representación del personal- ve usurpadas sus funciones y competencias en virtud de este acuerdo. Y en el único punto donde se reconoce la legitimidad de dicho órgano, se hace subordinándola a la de los sindicatos firmantes del acuerdo; de tal modo que se desprecia la representación legal del funcionariado y se reduce su intervención a un mero "paripé". En resumen, los sindicatos firmantes obtienen por donación graciosa del Gobierno una representación y una capacidad de interlocución que ni la Ley ni los votos de los funcionarios les han otorgado.
2º.- Además, en virtud de la claúsula 16ª, la Junta se compromete a blanquear el empleo no sólo de los veintitantos mil empleadosde las empresas y fundaciones públicas, sino el de todo el personal contratado a través de la "externalización", es decir, todo aquél que trabaja en empresas contratadas o subcontratadas mediante contratos administrativos de prestación de servicios, o de asistencia técnica, o de consultoría, o mediante personalmente, contratos específicos. Así este personal también pasará a formar parte de las agencias empresariales que se vayan creando en desarrollo y aplicación del plan de privatización de los servicios y del empleo público.
La Junta se confabula con UGT y CCOO para "blanquear" la administración paralela
Libertad Digital ha tenido acceso en exclusiva a un borrador de acuerdo entre la Junta de Andalucía y los sindicatos que supone una clara deslegitimación de la Administración Pública, deslegalizando todo lo relativo a la Función Pública y ampliando el margen de la arbitrariedad en todo lo concerniente a ella.
En Libre Mercado
0
comentarios
Acceda a los 2 comentarios guardados
Servicios
- Radarbot
- Libro
- Curso
- Escultura