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La Audiencia deniega el recurso de Endesa contra la CNMV por suspender su cotización el 5 de septiembre

El recurso que Endesa presentó en la Audiencia Nacional contra el acuerdo de la CNMV de suspender la cotización de la eléctrica el 5 de septiembre ha sido denegado por los tribunales. En el auto de la Audiencia se afirma que la decisión de suspender la cotización de Endesa "no está ligado a la presentación de una solicitud de OPA", operación que confirmó Gas Natural el día 5 de ese mes y cuyo trámite inició el organismo sin contar con "la documentación necesaria", según la eléctrica.

El recurso que Endesa presentó en la Audiencia Nacional contra el acuerdo de la CNMV de suspender la cotización de la eléctrica el 5 de septiembre ha sido denegado por los tribunales. En el auto de la Audiencia se afirma que la decisión de suspender la cotización de Endesa "no está ligado a la presentación de una solicitud de OPA", operación que confirmó Gas Natural el día 5 de ese mes y cuyo trámite inició el organismo sin contar con "la documentación necesaria", según la eléctrica.
L D (EFE) En concreto, el auto de la Sección VI de la Sala de lo Contencioso–Administrativo, que incluye un voto particular, indica que la Comisión Nacional del Mercado de Valores puede, "en cualquier momento e incluso de oficio, suspender la cotización de valores si concurren especiales que puedan alterar su cotización", por lo que un acuerdo de suspensión "no está ligado a la presentación de una solicitud de OPA".
 
Finalmente, el auto de la Audiencia Nacional reitera que el recurso de Endesa "recae sobre actos con efectos ya agotados, sin que en ningún momento se desprenda de su redacción otra consecuencia distinta de la relativa a la suspensión de cotización bursátil de Endesa" el día 5 de septiembre, levantada al día siguiente. Sin embargo, el voto particular, que apoya el fallo contra el recurso, discrepa de alguno de los razonamientos del auto y afirma que "la suspensión" que se insta por parte de Endesa, "es de actos administrativos distintos de los impugnados".
 
Endesa alegaba en su impugnación del 15 de septiembre que, además de suspender la cotización de Endesa en septiembre, la CNMV "determinó el inicio del procedimiento de autorización" de la OPA lanzada por Gas Natural, sin tener en cuenta que para iniciar la tramitación de esta operación se debería acompañar "la documentación necesaria". La compañía eléctrica exponía que era necesario, en aquel momento, una "autorización o verificación administrativa" adjuntada junto con el folleto explicativo de la operación, ya que Endesa realiza una "actividad regulada", y que, si finalmente la OPA es autorizada por la CNMV, "se podrían producir efectos rigurosamente irreversibles".

Mientras, la Abogacía del Estado, representante de la CNMV, defendió que la decisión por la que se acordó suspender la cotización de la compañía eléctrica no estaba conectado con "la aplicación" a Endesa de los "efectos derivados" de la legislación sobre OPAs. Por su parte, Gas Natural alegó que el acto recurrido ya tiene "agotado sus efectos" y se sumó a las tesis de la Abogacía del Estado.

En la Audiencia Nacional todavía está pendiente de resolver, además, otro recurso de Endesa presentado este mes contra cuatro resoluciones de la Comisión Nacional de la Energía (CNE) relativas a su análisis acerca de la Oferta Pública de Adquisición (OPA) lanzada por Gas Natural, ya admitido a trámite. Mientras, en septiembre, la Audiencia denegó a la eléctrica la suspensión cautelar del requerimiento formulado por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) a través de una carta para que no entorpezca la oferta pública de adquisición (OPA) de Gas Natural sobre la totalidad de su capital social.

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