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Justicia pondrá en marcha "juicios rápidos" para proteger a los arrendadores de vivienda

El Ministerio de Justicia pretende adaptar la normativa de "juicios rápidos", aplicada recientemente en materia penal, a la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil (que se aprobará en los próximos seis meses) con la intención de proteger a los propietarios de viviendas arrendadas y fomentar los alquileres. Así, en caso de producirse un impago de la renta, el juez resolvería el asunto en un plazo máximo de 20 días, en lugar de los actuales seis meses.

(Libertad Digital) El Director General para la Modernización de la Administración de Justicia, Alberto Dorrego, anunció, durante una conferencia en el Colegio de Abogados de Madrid, que en los próximos seis meses se creará en las grandes ciudades una "oficina de señalamiento inmediato", encargada de que la vista en un caso de impago de alquiler se celebre en un plazo máximo de veinte días.
 
La principal novedad se centra en obligar a que se cumplan los plazos marcados en la Ley de Enjuiciamiento Civil, que actualmente se dilatan hasta los seis meses de media, y que quedarán reducidos a 20 días hasta la celebración del juicio. De esta forma, el Gobierno trata de fomentar el alquiler concediendo mayor garantía jurídica al arrendador.
 
Dorrego reconoció que se pierde mucha eficacia en este tipo de procesos por culpa de la falta de coordinación entre los distintos estamentos de la Justicia y puso como ejemplo la reciente entrada en vigor de los juicios rápidos, en los que "la agenda de los jueces instructores" ya no dilata el procedimiento penal.
 
El ministro de Justicia, José María Michavila, ya había apuntado en varias ocasiones la inminencia de la adopción de estas medidas. Según fuentes del Ministerio de Justicia, la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil permitirá que los denominados "juicios rápidos" se apliquen, además de a los casos de impagos de renta, a los divorcios y separaciones, así como a otros impagos de deudas por valor inferior a 3.000 euros.

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