
LD (EFE) El Estado prevé recaudar 3.824 millones de euros en 2006 mediante el impuesto que grava las labores del tabaco, es decir, el 12,6 por ciento más que lo previsto para este año. Además, si a la citada cifra se le añade lo que previsiblemente recaudarán las Administraciones territoriales –corporaciones autonómicas y locales–, los ingresos ascenderán a 6.362 millones de euros, el 8,8 por ciento más que a lo largo de este ejercicio.
El Ministerio de Economía y Hacienda desconoce si la denominada ley antitabaco, que entrará en vigor el próximo día 1, reducirá los ingresos que el Estado percibe por los impuestos que gravan el tabaco, dado que sus efectos se conocerán a medio y largo plazo.
Así, los Presupuestos Generales del Estado para 2006 prevén que la recaudación de todas las Administraciones por Impuestos Especiales -que gravan el alcohol, el tabaco, los hidrocarburos, la electricidad y los productos intermedios- crecerá el 5,6 por ciento y aportará 19.290 millones, de los que 6.362 millones provendrán del tabaco, según han informado fuentes del Ministerio.
Por su parte, el presidente de la Unión de Asociaciones de Estanqueros de España, Manuel Fernández, aseguró el pasado martes que se prevé una caída de las ventas del 10 por ciento en este sector a partir del próximo año. Las mismas fuentes del Ministerio confirmaron que Hacienda no devolverá ninguna cantidad de dinero a aquellos establecimientos que tengan renovado su permiso de venta de tabaco, a pesar de que ya no puedan realizar esta labor, ya que la tasa que se cobra es por la solicitud de la licencia y no por el derecho de venta del citado producto. Además, aseguraron que el Comisionado del Tabaco está avisando desde hace varios meses a estos comercios de que su autorización para la venta finaliza tras concluir el presente año.
El Ministerio de Economía y Hacienda desconoce si la denominada ley antitabaco, que entrará en vigor el próximo día 1, reducirá los ingresos que el Estado percibe por los impuestos que gravan el tabaco, dado que sus efectos se conocerán a medio y largo plazo.
Así, los Presupuestos Generales del Estado para 2006 prevén que la recaudación de todas las Administraciones por Impuestos Especiales -que gravan el alcohol, el tabaco, los hidrocarburos, la electricidad y los productos intermedios- crecerá el 5,6 por ciento y aportará 19.290 millones, de los que 6.362 millones provendrán del tabaco, según han informado fuentes del Ministerio.
Por su parte, el presidente de la Unión de Asociaciones de Estanqueros de España, Manuel Fernández, aseguró el pasado martes que se prevé una caída de las ventas del 10 por ciento en este sector a partir del próximo año. Las mismas fuentes del Ministerio confirmaron que Hacienda no devolverá ninguna cantidad de dinero a aquellos establecimientos que tengan renovado su permiso de venta de tabaco, a pesar de que ya no puedan realizar esta labor, ya que la tasa que se cobra es por la solicitud de la licencia y no por el derecho de venta del citado producto. Además, aseguraron que el Comisionado del Tabaco está avisando desde hace varios meses a estos comercios de que su autorización para la venta finaliza tras concluir el presente año.
La Ley antitabaco establece la prohibición total de fumar en los centros de trabajo, centros y dependencias de las Administraciones públicas, centros comerciales, culturales y de ocio, áreas donde se elaboren alimentos, ascensores y medios de transporte, incluidos los taxis, entre otros. La ley considera infracciones leves –sancionadas con multa de hasta treinta euros si la infracción es aislada y hasta seiscientos si es reiterada– el hecho de fumar en lugares donde está prohibido o fuera de las zonas habilitadas.
Entre las sanciones graves –penalizadas con multa de 600 a 10.000 euros– figuran la de permitir fumar en los lugares con prohibición total. También son infracciones graves la venta de cigarrillos en paquetes inferiores a veinte unidades y la instalación de máquinas expendedoras en lugares prohibidos, como áreas anexas al local, porches, pasillos o lugares que no constituyan propiamente el interior del establecimiento.
Entre las sanciones graves –penalizadas con multa de 600 a 10.000 euros– figuran la de permitir fumar en los lugares con prohibición total. También son infracciones graves la venta de cigarrillos en paquetes inferiores a veinte unidades y la instalación de máquinas expendedoras en lugares prohibidos, como áreas anexas al local, porches, pasillos o lugares que no constituyan propiamente el interior del establecimiento.