LD (EFE) Los jueces comunitarios apoyaron, en una sentencia publicada este jueves, un recurso de la Comisión Europea contra el Gobierno español porque consideraba que no había velado lo suficiente por el cumplimiento de las reglas comunitarias en pesca y de las cuotas asignadas a su flota.
El Tribunal afirmó que España "no determinó las modalidades apropiadas de utilización de cuotas que le habían sido atribuidas, ni prohibió provisionalmente la pesca en cuanto se agotaron" y, por otro lado, no aplicó medidas "penales contra los capitanes de barco que infringieron las normas comunitarias".
De esta forma, el Tribunal respaldó los argumentos esgrimidos por la CE en su recurso, presentado en 2003. Bruselas consideraba que España no había controlado lo suficiente las actividades pesqueras ni las inspecciones adecuadas, ni tampoco vigiló los desembarques y el registro de capturas durante las campañas comprendidas entre 1990 y 1997, en especies como el fletán, bacalao, rape o la gallineta.
Según la CE, el Gobierno español no prohibió provisionalmente la pesca a los buques que enarbolaban su pabellón o estaban registrados en su territorio, cuando se consideró que habían agotado las cuotas que tenían asignadas en ese período, y no ejerció las acciones penales o administrativas contra los capitanes u otros responsables del exceso de pesca en dichas campañas.
España alegó que la larga duración del proceso administrativo y de los procedimientos previos al recurso "vulneraron su derecho de defensa" y crearon "una situación de indefensión". El Gobierno español negó algunos casos de exceso de pesca y estimó que cuando se produjeron supusieron cantidades mínimas teniendo en cuenta las cuotas.
El Tribunal afirmó que España "no determinó las modalidades apropiadas de utilización de cuotas que le habían sido atribuidas, ni prohibió provisionalmente la pesca en cuanto se agotaron" y, por otro lado, no aplicó medidas "penales contra los capitanes de barco que infringieron las normas comunitarias".
De esta forma, el Tribunal respaldó los argumentos esgrimidos por la CE en su recurso, presentado en 2003. Bruselas consideraba que España no había controlado lo suficiente las actividades pesqueras ni las inspecciones adecuadas, ni tampoco vigiló los desembarques y el registro de capturas durante las campañas comprendidas entre 1990 y 1997, en especies como el fletán, bacalao, rape o la gallineta.
Según la CE, el Gobierno español no prohibió provisionalmente la pesca a los buques que enarbolaban su pabellón o estaban registrados en su territorio, cuando se consideró que habían agotado las cuotas que tenían asignadas en ese período, y no ejerció las acciones penales o administrativas contra los capitanes u otros responsables del exceso de pesca en dichas campañas.
España alegó que la larga duración del proceso administrativo y de los procedimientos previos al recurso "vulneraron su derecho de defensa" y crearon "una situación de indefensión". El Gobierno español negó algunos casos de exceso de pesca y estimó que cuando se produjeron supusieron cantidades mínimas teniendo en cuenta las cuotas.